‘Ley Ficrea’ amenaza ahorro y crédito de población de menores ingresos

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Por Viridiana Mendoza Escamilla

La ley que se discute en la Cámara de Diputados podría restringir el otorgamiento de 800,000 microcréditos productivos. Las instituciones que se verán afectadas afirman que la iniciativa no consideró las necesidades de la población y deja abierta la puerta para que existan malas prácticas. 

 

Los cambios a la Ley de Ahorro y Crédito Popular, que se discuten en la Cámara de Diputados y que se conocen como Ley Ficrea porque están pensados para evitar más fraudes como el ocurrido en esta empresa, podrían ser una medicina excesiva que, aunque evitaría nuevas irregularidades, podría dejar sin acceso al ahorro y crédito formal a millones de mexicanos que hoy no son atendidos por el sector bancario.

Estas reformas ponen en riesgo la operación de diversas instituciones financieras que otorgan crédito a la población de bajos recursos, como Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito Popular, Sociedades Financieras Populares y Sociedades Financieras Comunitarias. Incluso, pueden provocar que dejen de otorgarse casi 800,000 préstamos productivos.

Representantes de estas instituciones coinciden en que la ley representa un esfuerzo para corregir las fallas al sistema que se evidenciaron tras el fraude cometido en Ficrea, Sin embargo, también aseguran que tendrá como resultado una restricción de los créditos y una mayor marginación financiera entre la población de menores recursos, pues se elaboró con una visión parcial.

“El mayor problema de la ley es que los cambios se promueven desde el desconocimiento: se realizaron sin conocer la dinámica y las características de estas pequeñas instituciones que son la única alternativa para la población que ha sido marginada por los prestadores de servicios financieros. Permitir que estos cambios avancen va contra el objetivo de la reforma financiera, de poner los servicios financieros al alcance de toda la población”, dice Mario Herrera, fundador y presidente de la Fundación para la Inclusión y el Desarrollo, AC, un organismo que surgió después de un fraude con 57 cajas populares que afectó a más de 170,000 personas, principalmente en Oaxaca, en 2009.

¿Qué implica la nueva ley?

La Cámara de Diputados está por discutir la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la nueva ley para regular la actividad de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamos del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Entre las principales disposiciones destacan tres puntos que tendrán impactos colaterales:

  1. Desaparece la figura de Sociedades Financieras Comunitarias (Sofinco), que brindan servicios de ahorro y crédito en poblaciones apartadas. La iniciativa contempla que este tipo de instituciones tienen hasta el 31 de julio de 2016 para solicitar registrarse como Sociedades Financieras Populares (Sofipo), y así poder operar de manera organizada y regulada. “Este tipo de instituciones operan con apego a derecho en las comunidades marginadas. Pueden encontrarse en las zonas apartadas dentro de Oaxaca, Sinaloa y Michoacán, y les resulta complejo migrar de figura, pues esto implica burocracia, traslados y costos de operación. Hablamos de 72,000 familias cuya única alternativa es alguna de las Sofinco en operación”, dice Mario Herrera, quien afirma que de las 24 Sofinco registradas ninguna está en condiciones de migrar a la figura de Sofipo.
  2. Se reduce el ahorro permitido dentro de las sociedades de orientación popular. El Artículo 33 Fracc. I menciona que el límite de los depósitos de los clientes será de 200,000 UDI para personas físicas y 1,000,000 de UDI para personas morales. En opinión de Guillermo Colín, presidente de la Asociación Mexicana de Sociedades Financieras Populares (Amsofipo), el límite en la captación es un retroceso para el sector, pues la captación vía ahorro de los clientes con saldos superiores alcanza 6,389 millones de pesos. Este monto tendría que ser saldado a favor de los ahorradores y la falta de estos recursos implicaría que se dejen de dar casi 800,000 créditos productivos. “Al ser Sociedades Populares, el fondeo proviene del ahorro captado. Si se limita el ahorro, el costo del fondeo se incrementa, y eso se ve reflejado en las tasas de interés. El resultado sólo será un aumento en el costo de los créditos”, advierte.
  3. Hay un ‘rescate’ para los ahorradores de Ficrea. La iniciativa plantea un mecanismo de pago mediante el cual la banca de desarrollo inyectaría 1,000 millones de pesos en garantías para la recuperación del valor de los activos confiscados propiedad de Rafael Olvera, dueño de Ficrea. Según explica Mario Herrera, se trata de la mejor solución que pudo lograrse, pues los ahorradoresahora podrán recuperar hasta un millón de pesos de sus ahorros, y eventualmente la banca de desarrollo tendrá la opción de recuperar esos 1,000 mdp de garantías. “La tercera vía que queda para aquellos ahorradores con más de un millón de pesos es el concurso mercantil, pero es necesario que los ahorradores entiendan que las demandas por daño patrimonial en contra del Estado no son un mecanismo válido”, dice Herrera.

Como parte de la ley se establece que las Sociedades Populares ya no contarán con supervisión auxiliar de órganos intermedios, como las federaciones. También habrá un cálculo distinto en las cuotas que las Sofipo deben aportar al Fondo de Protección. Sin embargo, esto no implicará una mayor cobertura para los ahorradores.

“La ley ahora señala que las aportaciones se realizarán calculadas en el total de los pasivos de las instituciones. Sin embargo, aunque las cuotas al fondo de protección aumentarán, la protección para los ahorradores no lo hará”, advierte Guillermo Colín.

Los que menos tienen, los grandes perdedores

Tan sólo las Sofipo tienen 6,163 cuentas de personas físicas con más de 200,000 UDI (cerca de un millón de pesos) y 617 cuentas de personas morales con cuentas de ahorro de más de 1,000,000 UDI (alrededor de 5.3 mdp). De entrar en vigor los cambios, las Sofipo deberán devolver esos ahorros, lo que implicará un retroceso en los niveles de otorgamiento de crédito.

Durante 2014, el sector, compuesto por 44 instituciones, presentó un crecimiento de 15% en otorgamiento de crédito. Las empresas asociadas a Amsofipo reportan activos por 23, 822 millones de pesos, con una captación de 17,037 millones de pesos y una cartera de crédito neta por 15,059 mdp. En total, este tipo de instituciones atienden a tres millones de personas en 1,199 municipios.

“Nosotros otorgamos créditos en lugares donde no hay acceso a servicios financieros sofisticados; hablamos de financiamientos por un promedio de 8,000 pesos. La iniciativa va en sentido contrario del objetivo de la reforma financiera, que es una mayor inclusión”, acusa Guillermo Colín, de Amsofipo.

La opinión es compartida por Juan Pablo de León, director de Comunicación Institucional de Caja Popular Mexicana. En su caso, dice, el límite de ahorro no representará un freno, pues los ahorradores de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Popular tienen un saldo promedio de 12,000 pesos. Sin embargo, señala, ninguna medida que ponga límites a la capacidad de ahorro resulta buena para las instituciones.

“Hay seis millones de familias atendidas por las cooperativas. Estas instituciones representan una alternativa formal con mejores esquemas que los ofrecidos por los agiotistas. En este modelo, los clientes son los dueños. Que se aprueben reformas que tienen impacto en el sector, sin consultar sus necesidades, es peligroso”, señala en entrevista.

Los riesgos que persisten

Más allá de las implicaciones en las instituciones, el mayor riesgo de la ley tiene dos vertientes: por un lado, no se consideraron las necesidades de la población atendida por las financieras populares; por otro, no se corrigieron los vacíos regulatorios que generan riesgos en la operación.

“No hay una vacuna contra los fraudes. En el caso de Ficrea había una persona con la intención de burlar los controles y de ocultar el ilícito. Es algo que se ve incluso en los grandes bancos. Sin embargo, sí podríamos haber esperado un mayor control en materia de gobierno corporativo y regulación auxiliar”, dice Colín.

Entre los principales riesgos que quedaron sin atacar destacan:

  1. Falta un reforzamiento del gobierno corporativo de las Sofipo: Hay en el mercado algunas instituciones bajo la figura de Sofipo que podrían convertirse en bancos por tamaño, pero no se regula un control mayor sobre los procesos de gobierno corporativo. “Las autoridades no pueden evadir su responsabilidad regulatoria; deben supervisar y generar leyes que impliquen mayores controles”, dice Mario Herrera.
  2. Supervisión de los mecanismos de inversión: Herrera afirma que las tasas de las Sofipo no deben ser determinadas por decreto, pero los supervisores deben saber por qué se ofrecen rendimientos superiores al mercado para poder detectar más fácilmente las actividades ilícitas.
  3. No se dan mayores garantías a los ahorradores: Los ahorradores tienen el deber de conocer en qué tipo de institución depositan sus recursos. Sin embargo, también la autoridad debe diseñar mecanismos de control y supervisión para las instituciones cuando presenten cifras irregulares de captación; la fiscalización en esos casos debe ser mayor

Fuente: Forbes

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