Suprema Corte otorga suspensión a Jaime Rodríguez “El Bronco”

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La SCJN ratifica la suspensión que en su momento le otorgó el ahora exministro Medina Mora e impide de momento que el Congreso estatal ejecute cualquier sanción contra el gobernador de Nuevo León

inistros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedieron una nueva suspensión al gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, “El Bronco”, la cual impide de momento, que el Congreso estatal ejecute cualquier sanción contra el mandatario por el uso de recursos públicos para recolectar las firmas y así obtener la candidatura presidencial.

Esta suspensión la otorgó de primera instancia, el exministro Eduardo Medina Mora, luego de que El Bronco estuviera expuesto a una sanción por haber utilizado a 572 servidores públicos para recabar firmas de apoyo durante la campaña rumbo a la presidencia.

Tras la renuncia Medina Mora, la controversia fue returnada al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien detalló que la nueva medida suspensional surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente.

“Se concede la suspensión solicitada por el Poder Ejecutivo de Nuevo León, para que el Congreso local se abstenga de ejecutar el dictamen que en su caso se apruebe, así como cualquier medida provisional o sanción derivada de dicho procedimiento, hasta en tanto se resuelva el presente medio de control constitucional”.

Carrancá admitió la ampliación de demanda que presentó el mandatario estatal, en la que incluyó como hecho superveniente el “Acuerdo de Radicación e Inicio de Procedimiento sumario en cumplimiento de la sentencia SER-PSC-153/2018 (sic), emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, dictado por la Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León.

Durante el tiempo que Medina Mora tuvo el caso en sus manos, argumentó el acto impugnado no es propiamente electoral, ni constituye en estricto sentido el cumplimiento de un fallo, sino el dictado de unas reglas emitidas ex profeso para establecer una sanción a dos servidores públicos.

Fuente: El Sol

 

 

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