México reprueba en combate a corrupción corporativa

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Transparencia Internacional (TI), entidad que evalúa de forma anual el cumplimiento de la convención antisobornos de la OCDE, ubicó a México como uno de los países que hacen poco o nada por perseguir delitos de corrupción corporativa.

En la peor categoría mencionada en el onceavo informe del organismo, se encuentran seis de los miembros del Grupo de las 20 mayores potencias económicas del mundo: Argentina, Japón, Rusia, Brasil y Turquía, además de México.

Sólo 4 de los 41 países que firmaron la convención antisobornos hace 16 años investigan y persiguen de forma activa a las empresas que sobornan a autoridades extranjeras para conseguir contratos o evitar impuestos y leyes locales, afirmó Transparencia Internacional.

Sobre México explica que, a pesar del hecho de que la Convención de la OCDE entró en vigor el 26 de julio de 1999, el país aún no ha iniciado ningún proceso de enjuiciamiento por soborno transnacional.

“En 2010 se informó de la apertura de dos investigaciones sobre soborno transnacional, pero ambas dieron lugar a acusaciones nacionales y no por soborno transnacional”.

Expone que la prensa ha informado de investigaciones sobre este delito que involucran a empresas mexicanas por parte de autoridades de otros países miembros de la OCDE, pero insiste en que no se dispone de información sobre posibles medidas coercitivas por parte de las autoridades mexicanas.

Destaca que la puesta en marcha del Sistema Nacional Anticorrupción requerirá de la redacción de varias leyes nuevas, como la Ley Anticorrupción y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como la modificación de más de una docena de leyes conexas.

Asimismo, menciona que se prevé que se necesitarán aproximadamente dos años para que este paquete de leyes se desarrolle y promulgue.

El informe apunta a que el Gobierno mexicano debe cumplir el compromiso de publicar información estadística sobre casos de soborno transnacional, tal y como acordó en el Plan de Acción del Gobierno Abierto de 2012.

A lo que recomienda enfáticamente la conformación de un grupo de actores interesados, que integre al Poder Ejecutivo, empresas y sociedad civil, a fin de identificar los obstáculos más importantes para aplicar la convención en el país de forma más contundente.

TI añadió que Alemania, Suiza, Gran Bretaña y Estados Unidos son los únicos países que, se cree, aplican de forma activa los acuerdos de la convención antisobornos, mientras que seis más hacen un cumplimiento moderado del tratado, nueve lo hacen de forma limitada y los 20 restantes hacen poco o nada.

No fue posible evaluar dos de los países.

Éste constituye el onceavo informe anual que fue redactado por TI, en colaboración con las oficinas nacionales de la organización y expertos en los 41 países miembros de la OCDE.

corrupcion corporativa grafico
Deficiencias en América Latina

En el caso argentino, el informe estima que existen una serie de deficiencias referentes al alcance y contenido de la tipificación del delito en su código penal; una carencia de sanciones disuasorias para personas físicas y jurídicas, así como varias deficiencias en las normas penales procesales.

Refiere que no existe una legislación que proteja a los denunciantes que informan sobre casos de soborno transnacional y la legislación que prevé la protección de testigos no contempla los casos de corrupción.

Por ello, recomienda crear una unidad especial a cargo de la Fiscalía, conformada por diversos fiscales, que preste asistencia a la investigación, expedir una ley que permita el acceso a la información, así como recabar y publicar información sobre casos de delito y aumentar el valor de las sanciones financieras para personas físicas y jurídicas, entre otras.

Sobre Brasil, argumenta que desde 2014 la corrupción ha sido un asunto importante y cargado de tensión, y ha ocupado un puesto preferente en la agenda pública.

“Las manifestaciones a gran escala en las calles durante 2014 y 2015 (se estima que la de mayores dimensiones involucró a casi 2.2 millones de personas) exigían al Gobierno que combata firmemente la cultura de la corrupción en Brasil”, cita el informe.

“En agosto de 2014, la Fiscalía Federal imputó a ocho ex directivos de la empresa brasileña Embraer S.A. por soborno a funcionarios públicos de la República Dominicana; éste constituye el primer caso de soborno transnacional enjuiciado en Brasil”, añade.

El caso de Petrobras es también un punto importante en el reporte de la TI.

“La Policía Federal brasileña y la Fiscalía Federal iniciaron la ‘Operación Lavado de Autos’, que alegaba la existencia de una trama masiva de sobornos que involucraba a una de las empresas más importantes del país, Petróleo Brasileiro S.A. o Petrobras, 10 así como a una serie de altos funcionarios públicos, entre ellos un ex presidente, los presidentes de ambas Cámaras del Congreso, y directivos de varias de las empresas de construcción más importantes del país”.

Añade que la operación en curso es muy dinámica, y es posible que se traduzca en más investigaciones y enjuiciamientos en relación con la conducta corrupta en Brasil y el extranjero.

La TI ve deficiencias en el marco jurídico y en el sistema de aplicación.

En el primero, explica que Brasil aún debe promulgar y aplicar leyes que prevean la responsabilidad penal corporativa por actividades de corrupción, entre ellas el soborno transnacional y el enriquecimiento ilícito.

En el segundo, refirió que el Grupo de la OCDE sobre el soborno, expresó su preocupación en 2014 por el hecho de que el nivel de aplicación de medidas contra este delito en Brasil sea aún muy bajo.

Aunque existen regulaciones adecuadas que prevén la interrupción de los plazos de prescripción, los casos y las investigaciones pueden durar años antes de que concluyan, lo que en ocasiones limita la aplicación de sanciones de los responsables debido a la expiración del plazo de prescripción.

“Las autoridades brasileñas carecen de la organización y los recursos de los que se dispone en otros lugares, tales como los del Departamento de Justicia de los Estados Unidos o la Comisión de Valores; además, y padecen una falta de comunicación entre las agencias federales y estatales”.

Recomienda promulgar y aplicar el proyecto de ley 236/2012 del Nuevo Código Penal a fin de prever la responsabilidad penal corporativa por corrupción privada y el enriquecimiento ilícito, mantener un registro público de las estadísticas sobre investigación, enjuiciamiento y sanciones por corrupción transnacional y blanqueo de capitales, incluyendo datos sobre si el soborno transnacional es el delito determinante y asegurar que todas las acusaciones creíbles se investiguen de forma proactiva.

Fuente: Reforma

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