Difamación en la red es delito en NL

0

Por mayoría, el Congreso del Estado aprobó tipificar como delito la difamación en medios electrónicos dentro del Código Penal de la entidad, conocidos como el sexting y ciberbullying.

Esto con el fin de imponer penas cuando, sin autorización, se difunden imágenes de una persona a través de un medio de comunicación electrónico, satelital o telefónico con la intención de causar deshonra o perjuicio de un hecho cierto o falso.

La diputada Carolina Garza, quien presentó la iniciativa, comentó que durante la sesión sus homólogos solicitaron realizar algunos cambios al escrito como las penas.

“Se tenía que llegar a tipificar como delito y evidentemente hemos hecho un trabajo en conjunto con especialistas, con personas, para que esto se pueda aplicar realmente y sea lo más justo posible”, expresó.

Por lo que el legislador Edgar Romo solicitó que las penas fueran cambiadas: las modificaciones se agregan al Código Penal en el artículo 345 BIS.

“Al responsable de este delito se le impondrá como sanción trabajo a beneficio de la comunidad y multas que van de 100 a mil cuotas, y en caso de reincidencia se impondrá una sanción de uno a 2 años de prisión”, dijo.

Por su parte, el presidente de la Comisión, Francisco Cienfuegos, comentó que con esto se tipifica como delito las imágenes, textos, videos que sean difundidos principalmente en redes sociales, que estén denostando y perjudicando la moral de la persona.

“También se considera difamación a quien utilice cualquier medio electrónico para difundir, revelar, ceder o transmitir una o más imágenes, grabaciones audiovisuales o texto para causarle a una o varias personas la deshonra, descrédito, perjuicio o exponerla al desprecio de alguien”.

Agregó que para aplicarse las sanciones se debe presentar una denuncia por parte de la víctima.

Fuente: ABC de Monterrey

Comments are closed.