Temas polémicos fuera de ley de telecom

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En los cambios hechos al dictamen de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión se dejaron fuera modificaciones a temas polémicos como la preponderancia, la propiedad cruzada de medios, la imposición y aplicación de sanciones, las tarifas de interconexión, la autorización de concentraciones y las condiciones para llevar a cabo el apagón analógico, entre otros.

Aunque los senadores aprobaron 28 modificaciones al dictamen, los cambios en algunos temas que durante los últimos meses fueron criticados por analistas, organizaciones de la sociedad civil, ex funcionarios, organismos internacionales, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), empresas e incluso algunos legisladores, permanecieron intactos.

En el tema de preponderancia, la definición que quedó en el dictamen enviado a la Cámara de Diputados contempla que se determinará a este tipo de agentes con base en su participación nacional en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, y no en servicios como pidieron varias voces.

Aunque algunas ONG y analistas indicaron que esto facilitaría a Televisa saltar la declaración de preponderancia emitida el 7 de marzo por el IFT, los senadores desecharon las reservas hechas para los artículos relacionados con este tema, que fueron de las que más se recibieron.

En el caso de la propiedad cruzada, que en otros países permite limitar la concentración de medios de comunicación en un grupo que brinde servicios de telecomunicaciones, radiodifusión o ambos, los senadores no cambiaron la redacción de los artículos referentes al tema.

Ex funcionarios y miembros del IFT habían solicitado que establecieran principios generales que permitieran limitar realmente este tipo de concentraciones, pero no se modificó la “confusa”, como calificaron en varias ocasiones los analistas, redacción de los artículos de este tema, que sólo se limita a regular la propiedad cruzada en televisión de paga.

Respecto al apagón analógico, no se modificó el criterio bajo el cual el IFT podrá decretar el fin de la transmisión de las señales no digitales.

En el dictamen sólo se indica que será con 90 por ciento de penetración en hogares de escasos recursos definidos por la Secretaría de Desarrollo Social, mientras que la política vigente de Transición a la Televisión Digital Terrestre indica que es de toda la población que vea la televisión abierta, lo que implica una medición distinta.

En materia de sanciones, los senadores omitieron cambiar a la autoridad que sancionará los temas de contenidos, quedando así en la Secretaría de Gobernación, y no en el IFT, como pedían analistas, ex funcionarios y la sociedad civil.

Además no se cambiaron aspectos que complican la aplicación de multas, como el hecho de que las que aplique el regulador no entrarán en vigor hasta que causen estado, es decir, hasta que se resuelvan los amparos interpuestos en su contra.

El polémico transitorio nueve, bautizado por algunos senadores como la “cláusula Cablecom”, que señala excepciones a la autorización de concentraciones por parte del IFT, no fue motivo de cambios.

Analistas señalaron que este artículo no sólo violaba las funciones del IFT en materia de competencia, sino que, además, va en contra de la recientemente aprobada Ley Federal de Competencia, que indica qué tipo de compra de empresas requieren el permiso de la autoridad.

Tampoco hubo cambios en el tema de interconexión, pese a que tanto la Unión Internacional de Telecomunicaciones y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos emitieron su opinión en contra de que el preponderante no cobrara por este rubro, es decir que el costo por conectar llamadas de otros operadores a sus usuarios fuera de cero pesos.

Empresas como Nextel y Telefónica se habían manifestado a favor de esta disposición, mientras que algunos analistas lo consideraron otro atropello a las funciones del IFT, que en abril emitió una lista de tarifas asimétricas para interconexión.

Fuente: Reforma

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