Definitivo: INE cancela el registro al PT y al Humanista

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Con siete votos a favor y dos en contra, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) ratificó la cancelación de los registros a los partidos del Trabajo y Humanista, por no haber alcanzado el 3% de la votación en las elecciones intermedias del 7 de junio pasado.

En una sesión extraordinaria de casi cuatro horas, con la oposición de todos los partidos políticos y el voto en contra de los consejeros electorales Marco Antonio Baños, Beatriz Galindo, Pamela San Martín y Roberto Ruiz Saldaña, el Consejo General avaló esta decisión apegada, dijeron los consejeros que votaron a favor, a la ley electoral.

“Ha habido una larguísima discusión de estudiosos de la ciencia política y la teoría política, hay quienes consideran que los sistemas de partidos más convenientes para las democracias modernas son los que cuentan con pocos partidos, porque ello favorece a la gobernabilidad de los regímenes políticos democráticos”, indicó el consejero presidente Lorenzo Córdova.

El problema, señaló en su intervención, es determinar lo que debe considerarse como opción mínimamente representativa.

“Y aquí el licenciado Pablo Gómez –representante del PRD ante el INE– ha señalado que hay regímenes que optan por el cinco, por el seis, por el siete%, por el 10% para el umbral. En México, hemos pasado del 1.5 que se estableció originalmente en 1977 al 2% en 1996, y al 3% en la reforma de 2014.

“Es algo que invito a no perder de vista. Hoy estamos ante la aplicación de una decisión del legislador constitucional, o si se quiere de los partidos políticos, que es la que hoy tiene al Partido del Trabajo y al Partido Humanista en esta situación”, destacó.

Enseguida, pidió al secretario ejecutivo Edmundo Jacobo que leyera la parte de la exposición de motivos de la reforma constitucional del año pasado, para justificar su voto para retirarles el registro al PT y al Humanista.

Córdova Vianello argumentó que es la primera vez que un partido político, el PT, pierde el registro por un mínimo porcentaje al requerido por la ley electoral.

Fuente: Proceso

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