Conceden amparo a El Chapo Guzmán

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Un tribunal Federal en materia penal concedió un amparo al exlíder del Cártel del Pacífico, Joaquín Guzmán Loera, alias El Chapo. El argumento central de la decisión fue que la detención del capo no se llevó a cabo de la manera en la que fue reportada.

El proceso penal que enfrenta es por los delitos de posesión de armas y cartuchos de uso exclusivo de las fuerzas armadas

El fallo emitido a favor del presunto narcotraficante obliga a un juez de Distrito a emitir un nuevo auto de término constitucional en el que determine si hay o no elementos para que enfrente proceso penal por delitos de posesión de armas y cartuchos de uso exclusivo de las fuerzas armadas.

El tribunal Federal que concedió la protección de la justicia federal a Guzmán Loera, precisó que el formal procesamiento emitido en contra de Guzmán Loera por esa imputación quedó sin efecto en razón de que la detención del capo no se llevó a cabo de la manera en la que fue reportada.

El 10 de marzo, el juzgado Décimo de Distrito en Sinaloa declaró formalmente preso a Guzmán Loera por los delitos de posesión de armas y cartuchos de uso exclusivo de las fuerzas armadas.

‘El Chapo’ fue detenido por marinos el 22 de febrero, cuando estaba en compañía de su esposa Emma Coronel Aispuro en el hotel suites Miramar.

Así lo declararon el 25 de febrero los oficiales de la Marina, José Antonio Nava Luna y Ángel Rafael Martínez Yépez, ante el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (Seido).

Los magistrados detectaron irregularidades en la detención del quejoso, pues los marinos narraron que ellos llegaron a dicho hotel por una denuncia anónima, quien los alertó de una persona armada.

Sin embargo, no se comprobó la denuncia de la persona que alertó a los agentes aprehensores; igualmente que no se demostraron las investigaciones que se dice se estaban llevando a cabo para la aprehensión de ‘El Chapo’, y mucho menos que no se actualizan los supuestos de la flagrancia que autorizan a introducirse al edificio sin orden de cateo legal y detener al quejoso, cuando ni siquiera era él la persona objeto de la denuncia anónima.

Fuente: Excélsior y Milenio

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