Avalan esquema de contratos de Pemex

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La Cámara de Diputados avaló el nuevo sistema de contratos en Pemex con nuevos candados de transparencia y cuatro modalidades: de licencia, de utilidad compartida, de producción compartida y de servicios.

Al quedar aprobada en comisiones, la tarde de este sábado, la nueva Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos, el dictamen establece que “loscontratos sólo podrán ser formalizados con empresas productivas del Estado o personas morales (empresas) residentes en México para efectos fiscales, que tengan por objeto exclusivamente la exploración y extracción de hidrocarburos, y que no tributen en el régimen fiscal opcional para grupos de sociedades del ISR”.

El Fondo Mexicano del Petróleo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Comisión Nacional de Hidrocarburos deberán coordinarse para el correcto ejercicio de sus respectivas funciones en la administración y supervisión de los contratos.

El pago de contraprestaciones que se establezcan en los contratos no exime a los contratistas del pago de impuestos, y los recursos que deriven de los contratos y de las asignaciones serán recibidos y administrados por el Fondo Mexicano del Petróleo.

Todos los tipos de contratos, excepto los de servicios, prevén el pago mensual, por parte de los contratistas, de una cuota contractual para la fase exploratoria, por la parte del área contractual que no se encuentre en la fase de producción y de regalías a favor del Estado mexicano.

Añade que las contraprestaciones que se establezcan en los contratos se calcularán y entregarán al Estado y a los contratistas conforme a los mecanismos previstos en cada uno de ellos.

Las contraprestaciones que reciba el Estado serán en efectivo para los contratos de licencia; un porcentaje de utilidad para los contratos de utilidad compartida y un porcentaje de la producción obtenida para los contratos de producción compartida.

En los contratos de servicios, los contratistas entregarán la totalidad de la producción contractual al Estado y las contraprestaciones a favor del contratista serán siempre en efectivo y se establecerán en cada contrato considerando los estándares o usos de la industria.

Subraya que las contraprestaciones que deberán cubrirse a los contratistas serán en efectivo para los contratos de servicios, un porcentaje de utilidad para los contratos de utilidad compartida, un porcentaje de la producción obtenida para los contratos de producción compartida, la transmisión onerosa de los hidrocarburos una vez que se extraigan del subsuelo en los contratos de licencia, o bien una combinación de las anteriores.

En el caso de los contratos de licencia, el Estado también recibirá un monto específico denominado “bono a la firma del contrato”.

Fuente: El Financiero

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