Aprueban Ley de Extinción de Dominio; ahora pasa al Ejecutivo

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El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo particular, con 291 votos a favor, 114 en contra y 5 abstenciones, la Ley Nacional de Extinción de Dominio, que ahora pasará al Ejecutivo para su promulgación.

Previamente, la votación en lo general quedó con 420 a favor, 10 en contra y 9 abstenciones.

Más temprano este jueves, la ley se aprobó en Comisiones de la Cámara baja, con 45 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones.

Esta ley busca eficientar y unificar los procesos para que el Estado pueda decomisar bienes y recursos de procedencia ilícita o que hayan sido utilizados para cometer algún delito.

El proyecto de decreto que expide esta ley fue aprobado por el Senado de la República el pasado 1 de julio con algunas reservas, por lo que regresó a la Cámara de Diputados para su discusión.

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Permitirá el buen funcionamiento del Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado

La discusión en el pleno se inició con la fundamentación del dictamen a cargo de las diputadas María del Pilar Ortega, presidenta de la Comisión de Justicia, y Rocío Barrera, que encabeza la Comisión de Gobernación y Población.

Ortega, del conservador Partido Acción Nacional (PAN), destacó que “esta herramienta, sin duda, era necesaria y está llamada a fortalecer el Estado de Derecho mexicano, y a generar acciones contundentes contra la violencia, la delincuencia y la impunidad”.

Barrera, del oficialista Movimiento Regeneración Nacional (Morena, izquierda), dijo que la extinción ha dado buenos resultados en el extranjero, pero en México no había logrado “ser el engranaje que engarce una estrategia que combata al hampa con inteligencia institucional, atendiendo las causas, desmantelando las estructuras, quitándole viabilidad financiera y erradicando la impunidad”.

El nuevo ordenamiento define a la extinción de dominio como la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los bienes a que se refiere la propia ley, declarada por sentencia de una autoridad judicial. No conlleva una contraprestación ni compensación.

Los bienes susceptibles de extinción se relacionan con los delitos de secuestro; delincuencia organizada; los cometidos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos; contra la salud; trata de personas; por hechos de corrupción; encubrimiento; los perpetrados por servidores públicos; robo de vehículos; recursos de procedencia ilícita y extorsión.

El dictamen destaca que la muerte de quien se hubiera encontrado sujeto a investigación o proceso penal no anula la extinción de dominio, por lo que las consecuencias subsisten aun contra los herederos.

La Ley Nacional de Extinción de Dominio ya había sido aprobada por el Senado el 1 de julio y remitida a la Cámara de Diputados para su ratificación.

Al comentar la aprobación en el Senado, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo un día después que el ordenamiento “va a permitir el buen funcionamiento del Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado”.

Explicó que antes se confiscaban bienes, pero se quedaban en bodegas. “Se echaban a perder y se gastaba mucho en mantener aviones decomisados, vehículos, ranchos y joyas, y al final no se sabía en qué quedaba”, apuntó.

Este mismo jueves, López Obrador entregó simbólicamente a Patricia Durán, alcaldesa de Naucalpan, en el central Estado de México, el rancho “Los Tres García”, ubicado en ese municipio, para la construcción de una universidad.

El predio de 21.302 metros cuadrados fue decomisado a Carlos Montemayor González, suegro de Édgar Valdez Villareal “La Barbie”, jefe de sicarios del cártel de los hermanos Beltrán Leyva detenido el 30 de agosto de 2010.

(Con información de El Financiero y EFE)

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