Tribunal ratifica amparo a Andrés Granier contra aprehensión

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Un Tribunal Colegiado confirmó el amparo concedido a Andrés Granier, exgobernador de Tabasco, contra el auto de formal prisión dictado en su contra por el delito de defraudación fiscal agravada, informó el Consejo de la Judicatura Federal.

Asimismo, el tribunal ordena emitir uno nuevo debidamente fundamentado y motivado, como lo exige el Artículo 19 constitucional.

Al resolver los recursos de revisión 105/2015 y 296/2015, el Tribunal confirmó la sentencia emitida por el Juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Decimoprimera Región con residencia en Coatzacoalcos, Veracruz, en auxilio al Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco.

En ella se determinó otorgar el amparo y protección de la justicia de la unión a Granier en contra del acto que reclamó de la Jueza Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal (actualmente Ciudad de México) y del Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, consistente en el auto de formal prisión del 17 de enero de 2014, dictado en su contra por el delito de defraudación fiscal equiparable calificada.

El 2 de julio de 2013, informa el CJF, dentro del exhorto derivado de la causa penal 63/2013, la Juez Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal dictó auto de formal prisión en contra del Granier por el delito de defraudación fiscal equiparada calificada.

En contra de dicha resolución el exmandatario promovió juicio de amparo indirecto, el cual se registró con el número 1710/2013-VII del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco, que fue otorgado el 29 de noviembre de 2013.

En 17 de enero de 2014, la Juez Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales en Ciudad de México dictó auto de formal prisión en contra del quejoso, por el delito de defraudación fiscal equiparada calificada.

Inconforme con la resolución anterior, Granier promovió demanda de amparo, el que previa declaratoria de incompetencia del Juez Décimo Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, correspondió conocer al Juez Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco.

Posteriormente, el 21 de agosto de 2014, el Juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Decimoprimera Región con residencia en Coatzacoalcos, Veracruz, en auxilio al Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco, otorgó el amparo y protección de la justicia federal al quejoso.

Inconformes con dicha resolución, el Agente del Ministerio Público de la Federación Adscrito al Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco y el Agente del Ministerio de la Federación, adscrita al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, interpusieron recursos de revisión que se registraron con los números 105/2015 y 296/2015. En el recurso de revisión 105/2015, el quejoso interpuso revisión adhesiva.

Fuente: Reforma

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