Tribunal frena al INE en candados a spots y tarjetas

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El Trife concluyó que INE se extralimitó al emitir criterios para regular la propaganda y el reparto de programas en procesos electorales, publica Reforma en su edición digital.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) echó atrás el acuerdo del INE que buscaba regular la propaganda oficial y el reparto de programas sociales y tarjetas durante los procesos electorales.

A propuesta del Magistrado Felipe de la Mata, la Sala Superior concluyó, por 6 votos contra 1, que el árbitro electoral se extralimitó en sus facultades al emitir criterios tendentes a garantizar los principios de imparcialidad en el uso de los recursos públicos y equidad en la contienda.

Los Magistrados confirmaron los agravios aludidos por la Presidencia de la República, la CIRT, el PRI, el PVEM y Gobernadores, en el sentido de que el INE no puede regular materias reservadas al Poder Legislativo.

El proyecto avalado indica que la reforma político-electoral de 2014 estableció que el Congreso es la autoridad facultada para reglamentar el artículo 134 constitucional en lo relativo a la propaganda oficial y los informes de labores de los servidores públicos, lo que, sin embargo, no ha ocurrido.

Agrega que el INE también incurrió en un exceso al “tipificar conductas” y elaborar “nuevos supuestos sancionables”, al establecer que se considerará una violación a la ley la entrega de tarjetas que prometan un beneficio personal directo o indirecto en virtud de que gane determinado candidato, como ocurrió con las tarjetas “rosas” repartidas por el PRI en Coahuila y el Estado de México.

“Se advierte que la autoridad responsable determina conductas que son susceptibles de sanción y establece inclusive presunciones que, en materia de derecho administrativo sancionador electoral, son contrarios al principio de presunción de inocencia”, concluye la resolución.

La Sala Superior remató que los lineamientos del INE son “innecesarios”, debido a que ya existe una “amplia estructura” de disposiciones legales y constitucionales a nivel federal y local que establecen restricciones dirigidas a evitar que los informes de labores, la propaganda oficial y el uso de programas sociales afecten la equidad de la contienda.

“En un Estado de Derecho, las autoridades sólo pueden hacer aquello que la ley les autoriza”, defendió el Magistrado De la Mata.

El Magistrado José Luis Vargas calificó como “loable” el esfuerzo del INE por cubrir la falta en que ha incurrido el Congreso al no reglamentar el artículo 134, pero, precisó, no es su atribución.

“No quiere decir, de ninguna manera, que se acepta o se prefiere, valga la expresión, ser permisivo u otorgar permisos que impliquen posiblemente cuestiones contrarias a los principios y reglas que tienen que ver con la equidad y, por supuesto, con el uso adecuado de recursos públicos para fines electorales”, aclaró.

La presidenta del tribunal, Janine Otálora, señaló que la resolución adoptada no impide que el INE siga denunciando las violaciones cometidas por los partidos.

Fuente: Reforma

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