Las entidades realizaron cambios a su sistema de responsabilidades administrativas antes de que se dieran los lineamientos en la legislación nacional, señalaron los magistrados.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó por unanimidad este martes la invalidez de las leyes anticorrupción en Chihuahua y Veracruz, debido a que las legislaciones se realizaron en un momento de “incompetencia temporal”, o veda constitucional.
La resolución judicial se da luego de que la procuradora general de Justicia, Arely Gómez, interpusiera un recurso, donde señala que el Legislativo del estado realizó modificaciones a la ley de responsabilidades administrativas locales antes de que se dieran a conocer las leyes del sistema anticorrupción a nivel federal.
“Hay un problema de origen de la norma”, debido a que la inconstitucionalidad de la ley “no es corregible por la publicación y entrada en vigor” de la legislación, dijo el ministro Javier Laynez, quien promovió el caso en Veracruz.
La causa referente al estado de Chihuahua fue promovida por el ministro José Ramón Cossío Díaz.
Los magistrados señalaron que, a pesar de que los legislativos locales tienen facultades para modificar las leyes de responsabilidades administativas a nivel estatal, no era posible hacerlas antes de que se aprobaran las leyes federales en la materia.
“El sistema general necesitaba primero el referente y luego el consecuente”, señaló el ministro Alberto Pérez Dayán.
La reforma constitucional publicada el 27 de mayo de 2015 establecía plazos a los congresos estatales para armonizar la legislación local, los cuales no se cumplieron.
Los cambios también son violatorios de los principios constitucionales de certeza y seguridad jurídica del Estado mexicano, determinaron los integrantes de la Sala Superior de la SCJN, durante la sesión de hoy lunes, al filo de las 13:15 horas.
La reforma al artículo 122 de la Constitución Política local, que permite la creación de una Fiscalía Anticorrupción en Chihuahua, fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 11 de junio, mediante el decreto 1364/2016.
Sin embargo, las leyes del Sistema Nacional Anticorrupción aprobadas por el Congreso de la Unión fueron promulgadas el 18 de julio, por lo que la SCJN declaró la invalidez del decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua.
La acción de inconstitucionalidad 58/2016 fue promovida por la Procuraduría General de la República el 11 de julio pasado por instrucciones del presidente Enrique Peña Nieto, según la dependencia