Proponen homologar tipificación de feminicidio en todo el país

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El senador de Morena Ricardo Monreal presentó una iniciativa para homologar el tipo penal en todo el país, aumentar las penas, proponer la no prescripción del delito y establecer que este también se puede cometer en contra de personas transgénero.

El coordinador parlamentario de Morena aseguró que esta propuesta es de avanzada, no sólo porque recoge las preocupaciones expuestas por el Fiscal General, Alejandro Gertz Manero, quien advirtió sobre la complejidad de sancionar ese delito, sino porque aclara dicho tipo penal.

“Esta iniciativa no lo elimina y recoge el planteamiento del Fiscal General, simplifica, aclara, lo hace menos complejo y es más fácil de castigar a los responsables del feminicidio”, afirmó.

El legislador dijo estar consciente de que su propuesta generará críticas; no obstante, pidió leer la iniciativa antes de descalificarla.

“Es una ley de avanzada, realmente está muy avanzada. Sé que habrá reacciones, pero es normal, cada vez que se presentan este tipo de leyes progresistas hay quienes no están de acuerdo, pero yo confío en que si la leen antes de criticarla, van a darse cuenta de que es una avance progresista”, expresó.

La iniciativa deroga el segundo párrafo del artículo 21 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el cual establece que en casos de feminicidio se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 325 del Código Penal Federal.

Además, adiciona el Título V, denominado “Del delito de feminicidio”, el cual está conformado por cuatro artículos. El texto define dicho ilícito y los supuestos que lo configuran.

“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida por razones de género a una mujer o a una persona por motivos de su identidad de género como mujer”, señala el artículo 61.

Agrega que se considera que existen razones de género o por motivo de la identidad de género cuando la víctima presente signos de violencia sexual, se le hayan infligido lesiones o mutilaciones, cuando existan antecedentes de violencia del agresor en contra de la víctima o exista relación entre ambos.

Otros supuestos, detalla, es cuando la víctima haya sido incomunicada o cuando el cuerpo sea arrojado o depositado en un lugar público.

Respecto a las sanciones, la iniciativa propone que oscilen entre 40 y 60 años de prisión y a 750 mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida, además de que el sujeto perderá todos los derechos con relación a la víctima y ofendidos.

El artículo 62 de la iniciativa señala que cuando el feminicidio se cometa en contra de menores de edad, embarazadas y mujeres con discapacidad, la pena aumentará en un tercio.

Lo mismo ocurrirá, agrega el artículo 63, si un servidor público, aprovechándose de su cargo, interviene en la realización de la conducta delictiva.

De acuerdo con la iniciativa, los artículos 64 y 65 hacen alusión a la obligación de las autoridades ante un caso de feminicidio. En este sentido, menciona que deberán apegarse a los protocolos de atención y prohibir estrictamente la cremación del cuerpo de la víctima a fin de preservar todas las evidencias.

Fuente: Reforma

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