Ordenan a CNBV informar sobre las cuentas de Collado

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El abogado buscó la protección de la justicia para evitar que la FGR pidiera a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores más información sobre sus cuentas bancarias y movimientos financieros relacionados con Caja Libertad.

El Universal publica que debido a que la Fiscalía General de la República (FGR) no solicitó más información de sus cuentas bancarias de la autorizada, un juez federal negó un amparo al abogado Juan Collado Mocelo, preso en el reclusorio Norte por los delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero.

Por ello, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores entregará a la Fiscalía General de la República la información financiera de una cuenta de Juan Collado, para conocer las transferencias relacionadas con el caso de Caja Libertad, reporta el diario Reforma.

Collado Mocelo buscó la protección de la justicia para evitar que la FGR pidiera a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) más información sobre sus cuentas bancarias y movimientos financieros, como parte de las investigaciones que lleva cabo por presunta defraudación fiscal.

Sin embargo, el Juzgado Décimo Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, con sede en la Ciudad de México, rechazó la demanda del litigante, que en julio próximo cumplirá dos años presos.

Una juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Sur, autorizó a la Fiscalía General de la República, en septiembre de 2019, una técnica de investigación para que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) entregara información referente a una cuenta en el banco BBVA Bancomer.

De acuerdo con los registros, la información corresponde al periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2013, así como del 1 de enero al 31 de diciembre 2014, en la que se ordenó a la CNBV indicar “el beneficiario, números de cuentas de los movimientos que realizaron las transferencias y/o pagos de cheques, el titular o el beneficiario, la institución bancaria a la que pertenece y, en su caso, el concepto”.

Ante ello, la juzgadora determinó que los alegatos del abogado Juan Collado son ineficaces, “ya que del contenido del oficio reclamado, que giró la responsable el 5 de diciembre de 2019, se advierte que la autoridad ministerial actuó con apego a la autorización de la técnica de investigación que se emitió el 10 de septiembre del mismo año”.

Fuente: El Universal

 

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