El Pleno de la Corte frenó la declaratoria de inconstitucionalidad de la prevalencia de la CFE en la producción y comercialización de energía eléctrica por encima de las empresas del sector privado
Con cuatro votos a favor y siete en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó la declaratoria de inconstitucionalidad de la prevalencia de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en la producción y comercialización de energía eléctrica por encima de las empresas del sector privado.
Minoría de ministros de la SCJN determina que siga vigente Ley de la Industria Eléctrica que da prioridad a CFE sobre privados para el despacho de energía eléctrica. El ministro presidente Arturo Zaldívar indica la ley busca la confiabilidad y continuidad del sistema eléctrico. pic.twitter.com/7GLKvpOicR
— Jorge Armando Rocha (@rochaperiodista) April 7, 2022
Durante la sesión de este jueves, los votos que avalaron la propuesta de declarar la constitucionalidad de esta parte central de la reforma eléctrica promulgada en marzo de 2021 fueron Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmin Esquivel Mossa, la ponente Loretta Ortiz Ahlf y el voto decisivo fue del ministro Arturo Zaldívar.
Con esto, la intención de siete de los ministros de declarar que esta porción de la reforma es inconstitucional por violar el principio de libre competencia y el derecho al medio ambiente fue frenada definitivamente,
Para declarar incostitucional una ley emitida por el Congreso se requiere el voto de al menos ocho de los 11 ministros de la Suprema Corte.
Los pormenores
Solo siete de los ministros se manifestaron por declarar la inconstitucionalidad de las fracciones de la LIE que consideran vulneran la libre competencia y dejan en desventaja a las llamadas energías limpias, quedándose a un voto de los ochos requeridos para que el máximo tribunal pueda invalidar una norma ya vigente.
Los resultados de esta votación significan que las impugnaciones a la LIE se desestiman, por lo que la SCJN no emitirá ninguna jurisprudencia sobre su validez. Esto deja abierta la puerta para que sigan los juicios de amparo que la impugnan, y los juzgados y tribunales puedan emitir libremente sus fallos, caso por caso.
En la votación fue definitivo el voto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien afirmó que el artículo 27, fracción VI de la Constitución, define al servicio público de electricidad como una actividad exclusiva del Estado y que por tanto el legislador puede definir libremente el modelo a seguir para garantizarlo.
En esta actividad “el libre mercado no puede ser una regla”, afirmó.
Entre la sesión del martes pasado y la de hoy se manifestaron por la invalidez de la LIE los ministros Javier Laynez, Juan Luis González, Mario Pardo, Norma Lucía Piña, Luis María Aguilar, Margarita Ríos y Alberto Pérez.
Los cuatro votos con el proyecto fueron de la ponente, Loretta Ortiz y de Yasmín Esquivel, Alfredo Gutiérrez y Arturo Zaldívar.
Quienes votaron contra el proyecto coincidieron en señalar que no le corresponde a la SCJN determinar cuál es el mejor sistema de generación de electricidad ni la política pública sobre este tema, pues su labor se debe restringir a determinar si la LIE es congruente con la Constitución y con la reforma energética de 2013, aún vigente.
En la sesión de este jueves, el ministro Pardo señaló que con la LIE “se priva a los consumidores de acceder a energías más limpias y más baratas”, pues se relega a los generadores solares y eólicos debido a su costo y carácter intermitente.
A su vez, la ministra Piña señaló que esta falta de estímulos a las energías limpias hace que la LIE sea contraria no solo a la Constitución, sino también al Acuerdo de París, suscrito por México, y que obliga a disminuir el consumo de combustibles fósiles y alentar las energías sustentables.
Por su parte, el ministro Aguilar señalo que, conforme a la reforma energética de 2013, hay que establecer las bases para la competencia y libre concurrencia y desarrollo sustentable y limpio, objetivos que la LIE no contempla.
La ministra Ríos insistió en que la SCJN debe partir del marco constitucional vigente, que incluye la reforma energética de 2013, por lo que también anunció su voto por declarar la inconstitucionalidad de las fracciones de la LIE que limitan la libre competencia.
De igual manera, el ministro Pérez señaló que la LIE dificulta la política de libre concurrencia: “Si la Constitución llegara a cambiar, entonces tendríamos que hacer un análisis bajo un nuevo parámetro. Mientras tanto eso no suceda, no se realizará así.”
La ministra Yasmín Esquivel, quien afirmó que la Constitución no puede tener la finalidad de asegurar jugosas ganancias a los particulares.
A esta postura se añadió el voto del ministro presidente, Arturo Zaldívar, quien dijo que la competencia económica no es un derecho absoluto y menos en un área como la generación de electricidad cuya rectoría corresponde al Estado, con base en la Constitución.
Fuente: El Universal/ La Jornada