El ex socio mayoritario de Altos Hornos de México (AHMSA), Alonso Encira Elizondo, obtuvo una suspensión provisional del juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México, contra la prisión preventiva justificada por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, relacionado con la planta de Agronitrogenados.
Sin embargo, el juez Antonio González García, le negó la prisión domiciliaria, por lo que el empresario deberá permanecer privado de la libertad en el Reclusorio Norte, “ya que de hacerlo, se estarían dando efectos restitutorios, los cuales, en términos del artículo 77 de la Ley de Amparo, son propios del fondo de la sentencia que se dicte en el juicio de amparo y no del incidente de suspensión”.
La semana pasada, el juez de control federal José Artemio Zúñiga, con sede en el Reclusorio Norte, vinculó a proceso a Ancira Elizondo por lavado de dinero, al determinar que el delito no ha prescrito, por lo cual quedó en prisión preventiva justificada.
En su resolución, el juzgando segundo argumentó que la medida cautelar de la suspensión provisional es para el efecto de que el ex accionista mayoritario de AHMSA “que quede a disposición de este órgano de control constitucional por cuanto hace a su libertad personal en el lugar en que deba estar interno; y a disposición del juez que conozca de su proceso penal, para su continuación”, hasta que se notifique la resolución sobre la suspensión definitiva.
La determinación, agregó el impartidor de justicia, no constituye la concesión del amparo, sino solo una medida provisional que debe ser acatada por las autoridades responsables, apercibidas que, de no cumplir, se les impondrá una multa de cincuenta Unidades de Medida y Actualización, equivalentes a 4 mil 481 pesos.
Asimismo, ordenó al director del Reclusorio Preventivo Varonil Norte de esta ciudad, para que bajo su más estricta responsabilidad o por conducto de quien corresponda, garantice y preste de manera inmediata la atención médica que necesite Ancira Elizondo y se le suministren los medicamentos que correspondan.
“Dado el contexto de la pandemia derivada del virus Covid-19, de manera inmediata tome todas las prevenciones, acciones y medidas pertinentes para controlar y/o evitar su contagio, por lo cual debe actuar bajo su más estricta responsabilidad e informar las medidas de seguridad implementadas para preservar la salud del justiciable y, en consecuencia, su vida” detalla la sentencia.
Fuente: La Jornada