INE impugna ante el TEPJF el cese del secretario ejecutivo

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El Instituto Nacional Electoral (INE) interpuso un juicio ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por el cese del secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina, establecido en el Plan B de la Reforma Electoral. Lorenzo Córdova dijo que “cuando el orden constitucional y democrático sea restaurado, Edmundo, te esperamos de vuelta al instituto”, declaró. El secretario ejecutivo despedido ha tramitado ya un amparo.

Con la publicación del Plan B de la Reforma Electoral en el Diario Oficial de la Federación, el secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo, queda cesado de forma inmediata de su cargo.

El artículo 17 transitorio de la reforma establece que “dada la modificación de las facultades de Secretaría Ejecutiva con la entrada en vigor del presente decreto, la persona titular de dicho cargo cesará en sus funciones a partir de su publicación”.

Señala que de inmediato, el Consejo General del INE debe nombrar de entre los directores ejecutivos, a un encargado de despacho.

“Gracias, Edmundo, en este espacio, todavía en tu calidad de secretario ejecutivo del INE, porque la democracia, la sociedad mexicana, el INE te deben mucho y cuando el orden constitucional y democrático sea restaurado, Edmundo, te esperamos de vuelta al instituto”, dijo ayer el consejero presidente del INE.

Este jueves, Jacobo Molina solicitó un amparo ante tribunales federales y un juicio de protección de derechos ante el Tribunal Electoral para buscar que lo restituyan en el cargo.“Espero que la justicia, frente a los argumentos que le hemos presentado, me conceda los amparos y recursos que estoy interponiendo para regresar a la posición para la cual me nombró el Consejo General”, manifestó.

En un comunicado, el INE señaló que si bien se cumplirá la ley, afirmó que “este decreto es inconstitucional al invadir competencias de la autoridad electoral y contravenir derechos amparados por la Constitución”.

“Así, al acatar la ley, incluso si ésta contraviene la Constitución, el Instituto Nacional Electoral refrenda su compromiso con la legalidad; y con el combate a estas determinaciones por los cauces legales, su corresponsabilidad con el respeto a la Constitución y el fortalecimiento de las instituciones en el país”, subrayó.

Apuntó que la Constitución establece que no pueden expedirse leyes privativas, esto es, en contra de una persona específica; en consecuencia, no puede disminuir el periodo del nombramiento de un secretario ejecutivo en lo particular, determinado por el Consejo General.

Pese a la salida de Edmundo Jacobo Molina, el INE aclaró que prevalece la instrucción de las 11 consejeras y consejeros electorales para que quien ostente la representación legal del INE impugne la Reforma Electoral por las múltiples inconstitucionalidades que presenta.

El órgano electoral precisó que de acuerdo con el Artículo 41 de la Constitución, el Secretario Ejecutivo será nombrado con el voto de las dos terceras partes del Consejo General a propuesta de su Presidente

El 6 de febrero de 2020, el Consejo General designó a Edmundo Jacobo Molina como titular de la Secretaría Ejecutiva del INE, por un nuevo periodo de seis años.

Fuente: El Universal/ SinLinea

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