La forma en que el Senado aprobó los dictámenes de las leyes secundarias de la reforma energética, así como el contenido de éstos, muestran que los legisladores han fallado en su obligación de salvaguardar el interés público y legislar en beneficio de la población a la que deben representar.
Por Aroa de la Fuente López
Como seguramente ya saben, esta semana finalizó en el Senado la discusión de las leyes secundarias de la Reforma Energética que tuvieron esta Cámara como origen. De esta manera, la Ley de Hidrocarburos, la Ley de la Industria Eléctrica, la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Ambiente, entre otras, fueron dictaminadas y turnadas a la Cámara de Diputados.
La forma en que estos dictámenes fueron aprobados así como su contenido muestran que los Senadores han fallado en su obligación de salvaguardar el interés público y legislar en beneficio de la población a la que deben representar.
Respecto al primer aspecto, el Senado no estableció en ningún momento mecanismos para permitir la participación efectiva. Un ejemplo de ello es que pese a las más de 10,000 firmas presentadas ante el Senado para pedir la prohibición de la fractura hidráulica (fracking), éste fue un tema prácticamente ausente en la discusión. Tampoco se abrieron procesos de consulta a los pueblos indígenas, tal y como lo establece en Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuando las leyes aprobadas supondrán afectaciones a sus derechos. En cuanto al contenido, incluye medidas que promoverán la explotación de hidrocarburos a través delfracking, por encima de la preservación ambiental, la garantía de los derechos humanos, la sostenibilidad energética y la lucha contra el cambio climático.
El primer ejemplo de ello es que, como la industria de hidrocarburos será prioritaria sobre cualquier otro uso del territorio, el Estado podrá obligar a los dueños de las tierras ejidos, comunidades, pueblos indígenas, pequeños y grandes propietarios a rentárselas a las empresas petroleras, a través de la servidumbre legal y la ocupación temporal. Este tipo de figuras son las que conviene a las compañías que vendrán a fracturar el territorio mexicano ya que la producción de hidrocarburos a través de esta tecnología declina rápidamente, puede disminuir 81 y 90% en tan sólo los 2 primeros años de operación. Por lo tanto, para mantener la producción de una región las empresas deben abandonar los pozos a los 3 o 5 años de su apertura y perforar nuevos pozos. Así, lo mejor para ellas es ocupar las tierras por periodos cortos, mientras que en el largo plazo serán los propietarios y la población quienes tendrán que lidiar con tierras y fuentes de agua tóxicamente contaminadas.
Por su lado, la Ley de la Industria Eléctrica abre las puertas de par en par al fracking, disfrazándolo como energía limpia. De esta manera, además de incluir en esta categoría fuentes energéticas con altos impactos como la nuclear y las grandes hidroeléctricas, la Ley considerará como tal la energía producida en plantas de cogeneración. Dichas plantas utilizan gas natural bajo el argumento de que su quema produce menos emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) que la del petróleo o el carbón. Sin embargo, en el caso del gas obtenido mediante fracking el proceso global de producción, transporte, almacenamiento y quema para generar energía supone emisiones superiores que la de los otros energéticos.
También es preocupante que esta Ley establezca como energía limpia aquella procedente de tecnologías consideradas de bajas emisiones de carbono. Por un lado, porque invisibiliza los otros impactos sociales y ambientales asociados a la producción de energía, como el uso y contaminación del agua, la utilización de sustancias tóxicas que dañan la salud y el medio ambiente. Por otro, porque los intereses privados están tratando de convencer a los gobiernos y la opinión pública de que el gas de lutitas tiene un menor impacto sobre el cambio climático que otros energéticos. Sin embargo, existe sobrada evidencia científica de la importante contribución del fracking en la emisión de gases de efecto invernadero.
La guinda de este pastel la pone la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, la cual establece la exención en el pago de regalías sobre el gas natural no asociado o seco cuando su precio esté por debajo de 5 USD el millón de BTU, lo que ha sido la tendencia en los últimos años. De esta forma se estará subsidiando de manera encubierta la extracción de gas de lutitas a través del fracking, que es en su mayor parte gas seco.
En este momento estas leyes se encuentran en la Cámara de Diputados, donde ya están siendo discutidas y aprobadas a gran velocidad, en la misma dinámica que se siguió en el Senado. Ante este panorama, es urgente aumentar la exigencia y presión social para que las voces ciudadanas sean escuchadas y tenidas en cuenta. Para ello, les invitamos a seguir sumando firmas por la prohibición del fracking en México.
* Aroa de la Fuente López es investigadora de Fundar Centro de Análisis e Investigación (@FundarMexico) e integrante de la Alianza Mexicana contra el Fracking (@NoFrackingMx)
Fuente: Animal Político y Fundar