Urgen a delimitar el fuero militar

0

Una vez concluida la discusión sobre la restricción del fuero militar por parte del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), organismos civiles llamaron al Máximo Tribunal a consolidar los criterios sostenidos en los recientes debates mediante la adopción de tesis jurisprudenciales. De igual manera, insistieron en que corresponde al Poder Legislativo priorizar la reforma del Código de Justicia Militar a efecto de acatar, de una vez por todas, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

He aquí el pronunciamiento:

Como es sabido, el pasado 13 de septiembre, el Pleno de la SCJN anunció la conclusión del debate en esa instancia y determinó que el resto de los casos  relacionados con el fuero militar -15, según la lista inicial- serían analizados por la Primera Sala del Máximo Tribunal.  De esta manera, el pleno de la SCJN concluyó la discusión sobre los límites del fuero militar que durante 17 sesiones  -prácticamente un mes y medio-, llevó a cabo en 13 de los expedientes.

Una vez terminada la discusión, es fundamental destacar que el análisis de los expedientes abordados en estas sesiones permitió al Máximo Tribunal determinar que el fuero militar debe restringirse en sus alcances, conforme a las sentencias de la Corte Interamericana.

En casos emblemáticos de los abusos castrenses, como el relativo a la ejecución extrajudicial de Bonfilio Rubio Villegas, el Alto Tribunal reconoció además el derecho de las víctimas y sus familiares a acceder a una justicia independiente e imparcial. Durante las sesiones se evidenció en la más alta instancia judicial la magnitud de las violaciones a derechos humanos e irregularidades que han sido cometidas en la actualidad por los elementos de las Fuerzas Armadas; por ejemplo, se ventilaron casos relacionados con ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, inhumaciones clandestinas, tortura e incluso delitos contra la salud. En este sentido, la discusión marcó un hito en torno a la rendición de cuentas de las Fuerzas Armadas ante instancias civiles.

No obstante, si bien no queda duda de que el Pleno estableció como condición para restringir la competencia del fuero militar que en los asuntos correspondientes se encuentren involucrados civiles, es de gran relevancia señalar que no se ha consolidado jurisprudencia nacional vinculante sobre la inconstitucionalidad del artículo 57, fracción II, inciso a) del Código de Justicia Militar. En este sentido, aun cuando el carácter obligatorio de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos debería hacer innecesario la emisión de tesis jurisprudenciales nacionales, por razones de seguridad jurídica y atendiendo al funcionamiento real del sistema jurídico mexicano, es deseable que a la brevedad se establezcan tesis obligatorias. La Primera Sala deberá proseguir con esa labor.

En este sentido, resulta urgente y necesario reformar el Código de Justicia Militar. Como lo señalaron las ministras y los ministros en las últimas discusiones, la intervención del Poder Judicial de la Federación en esta materia tuvo una naturaleza remedial, ya que el Poder Legislativo Federal, como primera autoridad obligada no ha hecho las modificaciones pertinentes a la legislación para eliminar la incompatibilidad del artículo 57, fracción II, del Código de Justicia Militar, con lo dispuesto en el artículo 13 de la Constitución, interpretado de manera conforme con los artículos 2, 8.1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Por ello, la reforma sigue siendo indispensable y el Poder Legislativo debe priorizar el cumplimiento inmediato de sus obligaciones internacionales.

Finalmente, una vez que ha culminado la discusión sobre el fuero militar en el Pleno de la Suprema Corte, sin dejar de hacer notar los aspectos aún pendientes, destacamos la trascendencia de la decisión de restringir el fuero militar, en un contexto donde los abusos castrenses han crecido exponencialmente. Sin duda, las determinaciones del Pleno del Más Alto Tribunal contribuyen a reforzar los controles civiles sobre las Fuerzas Armadas, en el contexto actual de nuestro país en donde se hace cada vez más urgente y necesario.

Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”(Guerrero); Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C.(CADHAC-Nuevo León); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos (COSUDHAC-Chihuahua); Propuesta CívicaA.C.(Distrito Federal); Fundar Centro de Análisis e Investigación (Distrito Federal) y Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos (Red TDT) conformada actualmente por 71 organizaciones en 21 estados de la República: Agenda LGBT (Estado de México), Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (Distrito Federal); Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (Guadalajara, Jal.); Asociación para la Defensa de los Derechos Ciudadanos “Miguel Hidalgo”, A.C. (Jacala, Hgo.); Casa del Migrante Saltillo (Coahuila), Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Distrito Federal); Centro “Fray Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (Puebla, Pue.); Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas”, A. C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis) ; Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa A.C; Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.”, A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A. C.  (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”. A.C. (Tapachula, Chis); Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C. (Tlapa, Gro.); Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua), Centro de Derechos Humanos, “Juan Gerardi” , A. C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.); Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo (Tlilapan, Veracruz); Centro de Derechos Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de los Derechos del Migrante (DF); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (CEPAD) (Guadalajara, Jal.); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-DF) (Distrito Federal); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”,A.C. (Saltillo, Coah.); Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco); Centro Hermanas Mirabal de Derechos Humanos (León, Gto.), Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Distrito Federal), Centro Mujeres (La Paz, BC.), Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A. C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Ciencia Social Alternativa, A.C. – KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A. C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (Monterrey, NL); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (Distrito Federal); Comité Cerezo (Distrito Federal); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacán, A.C. (Tehuacan, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A. C. (Chihuahua, Chih.); Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, A. C. (CIDHMOR) (Cuernavaca, Mor.); Comisión Intercongregacional “Justicia, Paz y Vida” (Distrito Federal); Comisión Parroquial de Derechos Humanos “Martín de Tours”, A.C. (Texmelucan, Pue.); Comisión Regional de Derechos Humanos “Mahatma Gandhi”, A. C. (Tuxtepec, Oax.); Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C.(Codigodh A.C); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Distrito Federal); Comité de Derechos Humanos “Fr. Pedro Lorenzo de la Nada”, A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos “Sembrador de la Esperanza”. A. C. (Acapulco, Gro.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, AC. (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos de Colima, No gubernamental, A. C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C. (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A. C. (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo AC (Tulancingo, Hgo.); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos. (Culiacán, Sin.); Indignación, A. C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Chablekal, comisaría del municipio de Mérida, Yuc.); Iniciativas para la Identidad y la Inclusión A.C. (Distrito Federal); Instituto Guerrerense de Derechos Humanos, A. C. (Chilpancingo, Gro.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Distrito Federal); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC), (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente, – Programa Institucional de Derechos Humanos y Paz. (Guadalajara, Jal.); Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia A.C. (Distrito Federal), Programa de Derechos Humanos. Universidad Iberoamericana-Puebla (Puebla, Pue); Programa Universitario de Derechos Humanos. UIA –León (León, Gto.); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales Y Culturales  (Distrito Federal); Promoción de los Derechos  Económicos, Sociales y Culturales (Estado de México); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí, S.L.P.); Servicio, Paz y Justicia de Tabasco, A.C. (Villahermosa, Tab.); Servicios de Inclusión Integral, A.C. (Pachuca, Hidalgo); Taller Universitario de Derechos Humanos, A. C. (Distrito Federal).

Fuente: Fundar.org.mx

Enhanced by Zemanta

Comments are closed.