El Tribunal Estatal Electoral (TEE) declaró improcedente la solicitud de un nuevo escrutinio y cómputo en sede jurisdiccional de votos de la elección de Ayuntamiento, una parte de la impugnación presentada por Armando Cabada Alvídrez ante ese órgano, publica El Diario.
El acuerdo firmado por los cinco magistrados que componen el tribunal, al expediente JIN-147/2018, señala que la Asamblea Municipal Electoral de Juárez realizó en su momento el recuento total de votos, en los que se incluyen los nulos o reservados, por lo que no se advierten procedimientos establecidos para el nuevo escrutinio y cómputo de votos nulos en lo específico.
“Por tanto, este Tribunal se encuentra impedido para ejercitar dicha acción”, se acordó ayer.
Según el rotativo, el acuerdo se realizó de forma secreta, sin avisar a medios de comunicación. El Diario trató de contactar a los magistrados Yuri Zapata Leos y César Wong pero no tuvo respuesta.
En la impugnación, el candidato independiente a la reelección refiere que durante el desarrollo de la sesión se vulneró lo establecido por el artículo 185, numeral 3 de la Ley, pues al realizarse el recuento de votos, este no se hizo de forma legal en relación a 19 mil 167 votos declarados nulos, pues no solo debieron contarse, sin o someterse a escrutinio.
Sin embargo, el pleno consideró que no se prevé un supuesto específico para la revisión de los votos nulos en sede jurisdiccional que no sea como tal un recuento total o parcial.
El proyecto del magistrado ponente de la impugnación César Wong Meraz, citaba que tampoco resultaría procedente la misma mediante un recuento en sede jurisdiccional, pues aquel ya se realizó y el actor no puede colmar los requisitos establecidos en el artículo 187 de la Ley, es decir, demostrar que se haya solicitado el recuento, que éste se le hubiere negado o que haya quedado dicha situación asentada en el acta respectiva.
Además de que no encuentra acreditación de que el actor haya solicitado la reserva de la totalidad de los votos nulos y se le haya negado.
“En consecuencia, la improcedencia de la solicitud planteada radica en la ausencia de disposición que faculte al Pleno de este Tribunal para la apertura de paquetes electorales con motivo de un nuevo escrutinio y cómputo de los votos nulos depositados en la urna, además de que en la Asamblea ya se llevó a cabo un recuento total a petición de los integrantes de la misma”, cita la resolución del Tribunal.
La parte medular de la impugnación será presentada tentativamente al pleno mañana junto con los proyectos de resolución de los recursos interpuestos por Morena y Encuentro Social a la misma elección.
Así se acordó convocar al pleno a sesión privada para la resolución de los asuntos, aunque sin fecha ni hora precisa.
Fuente: El Diario