Las instituciones que encabezan la lista sobre información reservada o confidencial son: el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con 543 expedientes; la Procuraduría General de la República, con 297 solicitudes, y la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), con 210 casos.
Durante el 2013, dependencias públicas respondieron negativamente a 2,756 solicitudes de información, bajo el argumento de que se trataba de datos reservados o confidenciales.
De acuerdo con la “Gráfica de solicitudes por dependencia”, del sistema Infomex, del 1 de enero al 30 de diciembre del 2013, fueron negadas 2,756 solicitudes, de las cuales 1,037 agrupan a diversas instituciones, es decir, 37.6 por ciento.
El resto de las solicitudes, un total de 1,719 expedientes (62.4% del total), abarca a 10 instituciones: Comisión Federal de Electricidad, Cofepris, Instituto Mexicano del Seguro Social, Policía Federal, Procuraduría Federal del Consumidor y PGR. Asimismo, las secretarías de Comunicaciones y Transportes; de la Defensa Nacional y la de Función Pública, así como el SAT.
El Artículo 6 de la Constitución estipula que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes.
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, vigente desde el 2002, establece -a su vez- que la información reservada es aquella cuya difusión pueda comprometer la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional; que pueda dañar la estabilidad financiera, económica o monetaria del país; y ponga en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona.
Asimismo, la que por disposición expresa de una ley sea considerada confidencial, reservada, comercial reservada o gubernamental confidencial; los secretos comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario u otro considerado como tal por una disposición legal; las averiguaciones previas; los expedientes judiciales y los procedimientos de responsabilidad de los servidores públicos, en tanto no se haya dictado la resolución. La información reservada podrá permanecer con tal carácter hasta por 12 años.
Fuente: El Economista