Las cuatro leyes de la mano dura de Peña Nieto

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Por Jenaro Villamil

Los medios se han concentrado en la discusión sobre las leyes anticorrupción que se quedaron pendientes en el Senado, cámara de origen. La gran simulación de prácticamente todos los partidos involucrados en esta discusión encubre un hecho más grave: el paquete de cuatro leyes secundarias, una estatal, y de reformas constitucionales que se han aprobado en el Congreso y perfilan medidas para un “estado de excepción” y un mayor poder e impunidad para los cuerpos militares y policiacos dedicados a combatir el crimen.

Detrás del “guante de seda” de los discursos recientes del primer mandatario Enrique Peña Nieto existe una mano de hierro que conduce al endurecimiento de su gobierno, en el peor momento de su aceptación y de su credibilidad nacional e internacional, sobre todo a raíz del grave dictamen del GIEI y su actuación en el caso Ayotzinapa.

Estas son, al menos, las cuatro leyes que van perfilando esta “mano dura” de un régimen nervioso ante el crecimiento del “mal humor social”:

1. Criminalizar la protesta social. En febrero de 2014 se aprobaron reformas al artículo 139 y 170 del Código Penal federal para tipificar el delito de “terrorismo”. Los 83 votos del PRI, PAN y Verde modificaron estos artículos, y el PRD y PT sólo sumaron 22 votos aunque argumentaron claramente sobre los riesgos de que estas reformas llevaran a criminalizar la protesta social, al crear delitos “confusos y profusos” en el artículo 139, según argumentó el senador Alejandro Encinas.

Los cambios castigan por igual a quien utilice armas químicas, biológicas o material nuclear, que a quienes actúen en contra de un bien inmueble de acceso público o detenga en calidad de rehén a una persona.

La senadora Angélica de la Peña, del PRD, reprochó que se eliminara un párrafo al artículo 139 donde se prohibían sanciones a aquellas personas o manifestaciones que realicen grupos sociales en ejercicio de sus derechos.

Y la senadora Dolores Padierna, también del PRD, cuestionó la “prisa” para aprobar una reforma, amparándose en las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera contra el Lavado de Dinero, cuando México no ha sido clasificado como país con terrorismo.

Los principales defensores de esta reforma fueron el senador Roberto Gil Zuarth, ahora presidente de la Mesa Directiva del Senado, y la entonces senadora priista Arely Gómez, actual procuradora general de la República.

2. El “estado de excepción”. Sin mayor discusión, la Cámara de Diputados aprobó el 30 de marzo pasado reformas a la ley reglamentaria del artículo 29 constitucional para definir los supuestos que justifiquen suspender derechos políticos y garantías civiles y decretar el “estado de excepción”.

La reforma planteó los supuestos de amenazas al “derecho a la integridad personal” o al “derecho a la protección de la familia” y los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de manera muy ambigua.

La Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD) señaló que existía una mala redacción en los artículos 2, 5 y 7 de esa ley porque la defensa de los derechos humanos y garantías individuales prácticamente quedaba en segundo término.

Sobre todo, se faculta al Ejecutivo federal a “gobernar” mediante la emisión de decretos, en franca violación a la división de poderes.

“Estamos ante una brutal regresión jurídica” porque “podrá propiciarse un régimen autoritario y carente de controles democráticos”, advirtió la ANAD.

3. Legalizar los cateos e intercepciones militares. En la madrugada del 28 de abril, antes de que culminara el periodo ordinario de sesiones, el Senado aprobó reformas al Código de Justicia Militar que autorizan a los juzgados de control militar a ordenar el cateo de domicilios civiles en casos de delitos de disciplina militar relacionados con el crimen organizado, homicidio doloso, grave o violento con arma de fuego. Incluso, autoriza el cateo de recintos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial que, por ley, son inviolables.

El senador Alejandro Encinas advirtió que estas reformas autorizan al fiscal militar a solicitar a un juez federal la solicitud de intervenir comunicaciones privadas de la población civil (artículo 287), así como solicitar a los concesionarios de servicios de geolocalización la entrega de datos conservados en los equipos de telefonía móvil (artículo 299).

En la discusión, tanto el senador Encinas como los legisladores Manuel Bartlett, Dolores Padierna y Angélica de la Peña que argumentaron en contra de estas reformas, sostuvieron que éstas representaban de facto el decreto de un Estado de excepción.

Hay una clara coincidencia y sincronía entre estas reformas al Código de Justicia Militar con la reglamentaria al artículo 29 constitucional, como si el gobierno de Peña Nieto estuviera perfilando el escenario del decreto de un estado de excepción.

4. La ley Atenco. Los ensayos estatales de la “mano dura” se han aplicado en Veracruz, en Puebla (con laley Bala) y ahora en el Estado de México, con la llamada ley Atenco ley Eruviel, que tiene una clara luz verde desde Los Pinos. Estas reformas violentan la libertad de manifestación y de protesta social, además de que dan una gran discrecionalidad a los agentes de la fuerza pública para utilizar medidas represivas.

El 27 de abril la Suprema Corte de Justicia admitió las tres controversias en contra de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México. El propio gobernador Eruviel Avila ha tratado de “lavarse las manos” de esta iniciativa que lleva también su nombre, en un claro ejercicio de simulación para no asumir las consecuencias de un ordenamiento claramente represivo.

Fuente: Proceso

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