La CNDH impugna también la Ley de Seguridad Interior

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A punto de cumplirse el plazo legal, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llevó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Seguridad Interior.

Senadores recurren a la Corte contra la Ley de Seguridad Interior

Este día la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Seguridad Interior (LSI), con la que suman cinco las impugnaciones a la legislación promulgada el pasado 21 de diciembre por Enrique Peña Nieto.

En su recurso, el ombudsman considera que la LSI “posibilita que, de manera discrecional y sin las debidas garantías de transparencia y rendición de cuentas, el Ejecutivo federal pueda ordenar la intervención de las Fuerzas Armadas e incidir en el ámbito de libertades y derechos de las personas”.

A las 18:20 horas, el coordinador general de Seguimiento de Recomendaciones y Asuntos Jurídicos de la CNDH, Rubén Francisco Pérez Sánchez, ingresó a las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para entregar el documento de 292 fojas a la Oficialía de Partes del Poder Judicial, sumándose así a acciones de inconstitucionalidad presentadas por diputados, senadores, el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI), así como la controversia presentada por el municipio poblano de Cholula.

El documento publicado en la página del organismo presenta argumentos contra varios artículos de la LSI, al considerar que “generan la posibilidad de que se vulneren derechos y libertades básicas reconocidos en favor de las y los mexicanos, además de afectar el diseño, equilibrio y facultades establecidas constitucionalmente entre la Federación y los estados, las instituciones, órganos del Estado y Poderes”.

Para la CNDH, esa ley “posibilita que, de manera discrecional y, sin las debidas garantías de transparencia y rendición de cuentas, el Ejecutivo federal pueda ordenar la intervención de las Fuerzas Armadas e incidir en el ámbito de libertades y derechos de las personas, por causas y materias que trascienden, por mucho, el ámbito vinculado al combate a la inseguridad, encontrándose entre estos motivos y cuestiones tan imprecisas como preservar el desarrollo nacional o el Estado de Derecho”.

De acuerdo con el análisis de la CNDH, la ley viola siete artículos constitucionales (1, 6, 9, 14, 16, 21 y 129); cuatro de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1, 2, 9 y 29), y otros cuatro del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1, 2, 5 y 9).

Igual estima en diez los derechos fundamentales violados: el de seguridad jurídica, de acceso a la información pública con relación al principio de máxima publicidad, a la protección de datos personales, a la consulta previa de las comunidades indígenas, a la libertad de expresión, a la libertad de asociación, al principio de inmediatez en la puesta a disposición, al principio de legalidad, al principio pro persona y al principio de progresividad.

En un comunicado, el organismo presidido por Luis Raúl González Pérez señaló que, contrario a los argumentos que defiende la LSI, de que “da certeza a la población y a las Fuerzas Armadas sobre la actuación de estos últimos en tareas de apoyo a la seguridad pública”, desde el punto de vista de la CNDH “la ley en sus términos actuales no reporta ningún beneficio directo ni a los particulares ni al personal militar que lleva a cabo acciones vinculadas a la seguridad de las personas”.

Entre las objeciones que el organismo público hace a la LSI, resaltan “la subordinación de autoridades civiles a militares”, lineamientos que contravienen criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; el desconocimiento al 21 constitucional, “que expresamente señala las materias y autoridades que corresponden a la seguridad pública, al pretender sustraer de ese ámbito cualquier acción que se lleve a cabo al amparo de la LSI, con independencia de su verdadera naturaleza y consecuencias prácticas”.

También la pretensión de “redefinir y jerarquizar los conceptos de seguridad nacional, seguridad interior y seguridad pública, dejando de lado el contenido y tratamiento diferenciado y específico que de los mismos se hace a nivel Constitucional”.

De acuerdo con el organismo, el texto final entregado a la SCJN es el resultado de “un proceso de diálogo y debate” llevado a cabo con organizaciones de la sociedad civil, académicos, expertos en la materia y representantes de organismos vinculados a la protección y defensa de los derechos humanos, tanto a nivel nacional como internacional, “planteamientos y opiniones que finalmente se integraron en el cuerpo del documento”.

En el comunicado, la CNDH ratificó su propuesta de llevar a cabo “una revisión integral y un replanteamiento de sus políticas públicas en materia de seguridad y justicia que permitan dar una respuesta real y efectiva a la problemática que enfrentamos en ese ámbito, con pleno respeto a la dignidad de las personas y al orden constitucional vigente”.

El organismo puntualizó que la acción de inconstitucionalidad presentada “no busca atacar a las instituciones, inhibir la legítima actuación de las autoridades o debilitar nuestro Estado de Derecho” y que, por el contrario, “tiene como objetivo preservar la integridad de nuestro sistema constitucional y de los derechos humanos reconocidos por el mismo, fortaleciendo con ello la institucionalidad democrática y la legalidad en nuestro país”.

Fuente: Apro/ Reforma

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