Gertz propone a Ortíz Pinchetti y Mijangos Borja como fiscales

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El Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, remitió al Senado los nombramientos de José Agustín Ortíz Pinchetti como titular de la Fiscalía Especializada en la Atención de Delitos Electorales (Fepade) y María de la Luz Mijangos Borja, como responsable de la Fiscalía Especializada para el Combate a la Corrupción.

El pleno del Senado recibió ayer las propuestas y en un plazo de 20 días, esa cámara debe determinar si los avala. Tanto Ortíz Pinchetti como Mijangos Borja tienen experiencia en materia electoral y de transparencia y rendición de cuentas.

Abogado por más de 40 años y “político tardío”, como él mismo se define, Ortíz Pinchetti es además escritor, ensayista y articulista en La Jornada. Desde 1985 participó en luchas por la democracia a través de organizaciones ciudadanas. Fue consejero ciudadano del entonces Instituto Federal Electopral (IFE) en las en las elecciones de 1994.

Además se desempeñó como secretario de gobierno del Distrito Federal, en el período de Andrés Manuel López Obrador al frente del gobierno capitalino, formó parte de la Coordinadora Nacional de Resistencia contra el desafuero y responsable de Morena en Puebla, del 2007 al 2012.

Ha sido diputado federal y es profesor de la Universidad Iberoamericana, desde hace más de 30 años.

Por su parte, María de la Luz Mijangos, es también abogada de profesión, con experiencia en tema de transparencia y de rendición de cuentas. Entre otros cargos, se desempeñó como contadora mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del entonces Distrito Federal de 2000 a 2007.

El presidente del Senado, Martí Batres, turnó ayer a la Comisión de Justicia de esa cámara, los nombramientos propuestos por Gertz Manero, quién, en su escrito, pide el refrendo para las designaciones de Ortíz Pinchetti y Mijangos Borja.

El artículo 102 Constitucional establece que es facultad del Fiscal general nombrar y remover a los titulares de la Fepade y la Fiscalía Anticorrupción, pero tanto el nombramiento como la remoción podrán ser objetados por la Cámara de Senadores, en el plazo que fije la ley, con el voto de dos terceras partes de los legisladores.

El plazo establecido en la Ley Orgánica de la Fiscalía General es de 20 días y si el Senado no se pronuncia en ese lapso, “se entenderá que no tiene objeción.

Fuente: La Jornada

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