La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las facultades de los gobiernos estatales para dictar normas sobre el uso obligatorio de cubrebocas durante emergencias sanitarias, como la que se enfrenta actualmente por al covid-19.
La mayoría de los ministros consideró que la materia de salubridad general es concurrente, es decir, que tanto la Federación como los gobiernos estatales tienen autoridad para legislar sobre el tema, siempre que los segundos no contradigan a la primera.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar, expresó que a la luz del federalismo es lógico que las entidades tengan facultades para proteger a su población, con la única limitante de que no se contradigan las disposiciones federales.
En la sesión se señaló que hasta el momento ni el Ejecutivo Federal ni el Consejo de Salubridad General han emitido ninguna norma sobre el uso obligatorio del cubrebocas, por lo que el Congreso de Nuevo León no tenía obstáculos para legislar sobre el tema.
El ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, señaló en su proyecto que esta facultad de los estados estaría vigente sólo mientras el gobierno federal mantiene la declaratoria de emergencia sanitaria, propuesta que fue desechada.
Una mayoría de 8 ministros determinó que las facultades de los estados en esta materia vienen de la Constitución y no pueden depender de las decisiones de la Federación.