La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) retiró la sanción que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso al PAN por los spots difundidos en contra del gobernador César Horacio Duarte Jáquez.
Este viernes el TEPJF resolvió, entre otros, los expedientes SER-PSC 44/2015, a cargo del magistrado presidente, Clicerio Coello Garcés y el SER-PSC 43/2015, a cargo del magistrado Felipe de la Mata Pizaña.
Mata Pizaña opinó que el PAN realizó los spots en apego a la libertad de expresión que permite la crítica a personajes públicos, quienes tienen una naturaleza diferente de protección en cuanto a su protección, por lo que el umbral de tolerancia debe ser mayor en cuanto a la crítica.
El TEPJF declaró por unanimidad, inexistentes las sanciones contra el PAN por los spots Chihuahua V2 y Chihuahua 2, ya que éstos están fundamentados en la libertad de expresión y consideró que no existe calumnia contra Duarte, porque éste está demandado penalmente por peculado y enriquecimiento ilícito, lo que fue confirmado por su mismo apoderado legal en los alegatos.
La queja 44/2015 fue presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y por el priista César Duarte y la 43/2015 por el PRI, el gobernador y por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) contra el PAN.
Los actos reclamados por los quejosos por la difusión de los spots en radio y televisión, fueron actos anticipados de campaña, calumnia contra Duarte y uso indebido de la pauta, por el uso de avisos expresos a votar el contra del PRI que postuló a César Duarte y porque menciona al Sistema Nacional Anticorrupción.
El magistrado presidente dijo que aunque en los spots se utilizan imágenes de César Duarte, como si estuviera en una entrevista, es una voz en off la que informa sobre la acusación por enriquecimiento ilícito y peculado, por lo que se considera que se trata de una reseña por la probable comisión de esos ilícitos.
Asimismo, el magistrado argumentó que no hay calumnia porque se trata de una transmisión en apego a la libertad de expresión e indica que los funcionarios deben tener un umbral mayor a la crítica, detalla que el gobernador está acusado de haber fondeado recursos púbicos a un bando del que es accionista y se señala una probable comisión de delitos.
Sin embargo, dice, no se le hace ninguna imputación a Duarte porque es una narración que consta en las denuncias presentadas contra el servidor pública.
Ambos coinciden en que se trata de un tema de interés público para la población, que enriquece el debate público en un proceso electoral.
Sobre los actos anticipados de campaña el magistrado presidente indica que tampoco está validado porque si bien señala al Sistema Nacional Anticorrupción, éste es utilizado por el PAN para dar su posicionamiento solamente y no se observa que promuevan una plataforma electoral o a un candidato, ni piden el voto a la población a favor del PAN ni en contra del PRI.
Los magistrados indican que en los spots no se menciona al PRI ni relacionan a Duarte con éste.
Además, argumentan que el PAN utilizó su derecho a presentar ideas y generar debates de temas de interés general como parte de un Estado democrático y en este caso, la anticorrupción es parte de la agenda política del Congreso de la Unión.
En ese sentido, explicaron que no hay uso indebido de la pauta, porque ya se demostró que no hubo violación sobre el contenido y el PAN hizo uso de su prerrogativa de radio y televisión.
Los quejosos pidieron que el INE fiscalizara al PAN y tomara como gastos de campaña el uso de ese espacio, lo que también declararon improcedente porque no se acreditaron los actos anticipados de campaña y los spots formaron parte de las pautas del partido demandado, en la etapa de intercampaña.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE impuso como medida cautelar al PAN, retirar sus spots porque consideró que contenían uno de los temas de plataforma electoral del PAN fuera del periodo de campañas.
Sin embargo, la Sala Especializada del TPJF consideró que no están fundamentadas las quejas y pidió retirar al PAN, esa medida cautelar.
Los spots se transmitieron a partir del 1 de marzo en el estado de Chihuahua, en horarios estelares y daba cuenta de la denuncia contra el gobernador como presunto responsable de esos delitos y lo acusa de haberse beneficiado como accionista del Banco Progreso, con recursos públicos.
“El gobernador del estado formo un fideicomiso por 65 millones de pesos para hacerse accionista de un banco de nueva creación, al que su gobierno estuvo fondeando con recursos públicos a los largo de 3 años, por más de 80 mil millones de pesos. Por ello está acusado penalmente de la probable comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito y corrupción. En Acción Nacional apoyamos el Sistema Nacional Anticorrupción, para que quienes se aparten de la ley y atenten contra los bienes públicos, no queden impunes”, dice el spot en el tiempo oficial.
La demanda fue interpuesta el 23 de septiembre del año pasado por abogado y activista Jaime García Chávez, y dio origen al movimiento Unión Ciudadana, conformada por organizaciones civiles, militantes de diferentes partidos y particulares que buscan abatir la corrupción.
El spot fue utilizado por Acción Nacional, por lo que el PRI calificó advirtió que se trata de una guerra sucia no sólo contra uno de sus gobernadores, sino contra la misma institución política.
Fuente: Proceso