Corte Suprema de EU prohíbe limitar aforo en lugares de culto

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A pesar de un nuevo repunte de los contagios de coronavirus en todo el país, la Corte Suprema de Estados Unidos prohibió el miércoles en la noche que Nueva York imponga ciertos límites de aforo en iglesias y sinagogas ubicadas en zonas designadas como muy afectadas por el virus, reporta la agencia AP.

Los jueces se dividieron 5-4, con la nueva Magistrada Amy Coney Barrett en la mayoría en su primera votación discernible públicamente en la Corte. Los tres jueces liberales y el presidente del tribunal, John Roberts, discreparon.

De acuerdo con AP, la decisión supone un cambio de tendencia en el alto tribunal. Antes este año, con la predecesora liberal de Barrett, la Jueza Ruth Bader Ginsburg, en el tribunal, los magistrados se dividieron 5-4 a favor de mantener las restricciones de aforo motivadas por la pandemia que afectaban a iglesias en California y Nevada.

El fallo del miércoles podría llevar a Nueva York a reevaluar sus restricciones sobre los lugares de culto en zonas consideradas de alto riesgo de contagio. Pero su impacto inmediato será menor porque los grupos católicos y judío-ortodoxos que recurrieron las medidas ante la justicia ya no están sujetas a ellas.

La diócesis de Brooklyn y Agudath Israel de América tienen iglesias y sinagogas en zonas de Brooklyn y Queens que antes estaban consideradas zonas rojas y naranjas por su ratio de contagios. En estas áreas, el estado había limitado la asistencia a los lugares de culto a 10 y 25 personas, respectivamente. Pero estas zonas en concreto están consideradas ahora amarillas, con normas menos restrictivas que ningún grupo ha recurrido.

Los jueces actuaron con carácter de urgencia, prohibiendo temporalmente que Nueva York imponga restricciones a estos grupos mientras continúen las demandas. En opinión no firmada, el tribunal dijo que las restricciones “señalan los lugares de rezo con un trato especialmente duro”.

“Los miembros de esta Corte no son expertos en salud pública y debemos respetar el criterio de quienes tienen especial experiencia y responsabilidad en este área. Pero incluso en una pandemia, no puede abandonarse y olvidarse la Constitución. Las restricciones a examen aquí, al prohibir de facto que muchos atiendan a servicios religiosos, atacan el corazón mismo de la garantía de libertad religiosa de la Primera enmienda”, apuntó.

La opinión destacó que en las zonas rojas, donde las sinagogas y las iglesias no pueden recibir a más de 10 fieles, los negocios considerados “esenciales”, desde tiendas de alimentación a tiendas de mascotas, pueden seguir abiertas sin límites de capacidad. Y en las naranjas, mientras las iglesias y las sinagogas tienen un límite de 25 “aún cuando los negocios no esenciales pueden decidir por su cuenta a cuánta gente admiten”.

Roberts explicó su desacuerdo señalando que “simplemente no había necesidad” de que la Corte se pronunciara. “Ninguno de los lugares de rezo identificados en las solicitudes está sujeto ahora restricciones numéricas fijas”, apuntó añadiendo que los límites de aforo de Nueva York en estos casos “parecen excesivamente restrictivos”.

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