Como se preveía, la solicitud de consulta popular para enjuiciar a expresidentes de México fue rechazada por la Mesa Directiva del Senado de la República, por no contar con el mínimo de firmas requerido.
Este viernes, Mónica Fernández, presidenta de la Cámara alta, dijo que no pudo dar “entrada” a la solicitud que presentaron compañeros del grupo parlamentario de Morena, debido a que el documento enviado no llevaba las firmas necesarias.
De acuerdo con el artículo 12 de la Ley Federal de Consulta Popular, tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores pueden solicitar la realización de una consulta popular con el equivalente al 33% de los integrantes, esto es, 43 firmantes en el caso del Senado. Sin embargo, el grupo de legisladores que hizo la petición sólo presentó 15 firmas.
“Hasta el momento en que llegue con el número adecuado de firmas, entonces se hace todo el proceso legal, se les da una constancia de su intención de hacer una consulta popular, de su solicitud de hacer una consulta popular”, explicó Fernández esta mañana en entrevista radiofónica con Enfoque Noticias.
La solicitud rechazada fue suscrita por Aníbal Ostoa Ortega, Antares Vázquez Alatorre, Blanca Estela Piña Gudiño, Daniel Gutiérrez Castorena, Eva Eugenia Galaz Caletti, Gloria Sánchez Hernández, Jesusa Rodríguez Ramírez, José Luis Pech Várguez, José Narro Céspedes, María Antonia Cárdenas Mariscal, Martí Batres Guadarrama, Citlalli Hernández Mora, Napoleón Gómez Urrutia, Nestora Salgado García y Ovidio Peralta Suárez.
Este domingo 30, la bancada de Morena celebrará su reunión plenaria y decidirá sí entre los 61 integrantes impulsan la consulta popular para llevar a juicio a los expresidentes.
Si reúne las firmas, la presidenta de la Mesa Directiva turnará la petición a las comisiones correspondientes, entre ellas la de Gobernación.
El dictamen deberá ser aprobado por la mayoría de cada Cámara del Congreso. Posteriormente la Cámara revisora la enviará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), junto con la propuesta de pregunta, para que resuelva y le notifique sobre su constitucionalidad dentro de un plazo de 20 días naturales.
Si la SCJN reconoce la constitucionalidad de la consulta popular, el Congreso expedirá la convocatoria mediante decreto y la notificará al Instituto Nacional Electoral (INE).
Fuente: Apro