El ex senador panista Jorge Luis Lavalle Maury continuará su proceso privado de la libertad en el Reclusorio Norte. Un tribunal colegiado en materia penal confirmó el fallo de un juez federal, quien le negó la suspensión definitiva contra la prisión preventiva que se le dictó el pasado 9 de abril por delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, cohecho y asociación delictuosa.
Se le relaciona con actos de corrupción para la aprobación de las llamadas reformas estructurales en el sexenio anterior, al supuestamente haber recibido sobornos con recursos provenientes de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la constructora brasileña Odebrecht.
El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del primer circuito consideró infundados los argumentos del panista, con el cual pretendía obtener la protección de la justicia para enfrentar su proceso en libertad.
En su demanda, Lavalle Maury alegó que la medida cautelar de prisión preventiva que le fue impuesta afecta o daña irreparablemente a sus cuatro hijos. Además, dijo que solicitó la suspensión definitiva porque, a su juicio, se trata de un caso excepcional, por presentar un “trastorno mental” que le impide permanecer privado de su libertad.
Si embargo, los magistrados, argumentaron que son infundados los agravios formulados por la parte quejosa, porque en relación con los efectos de la medida cautelar de la prisión preventiva justificada, fue ajustado a la legalidad que el juez de distrito concediera la suspensión definitiva únicamente para el efecto de que el quejoso quede a disposición del órgano jurisdiccional de amparo, por lo que mira a su libertad personal, y a disposición de la autoridad judicial rectora para la continuación del procedimiento; lo anterior, en términos de los artículos 163 y 166 de la Ley de Amparo.
Asimismo, agregaron que como lo señaló el juez de amparo, no se observa algún elemento objetivo del cual pudiese advertirse una situación que implique afectación a la integridad física o emocional de los hijos del quejoso que motive concederle la medida para que se le permita continuar el procedimiento en libertad.
“Sumado a ello, la suspensión en el juicio de amparo no tiene por efecto ordenar al juez de control dejar sin efectos la prisión preventiva justificada, con base en el interés superior de menor; ya que, con ese actuar se sobrepasarían los límites constitucionales, al privilegiar los derechos del menor y desaplicar otras normas jurídicas que conforman el ordenamiento jurídico mexicano, lo cual sería contrario a los principios de seguridad jurídica y legalidad contenidos en los artículos 14 y 16 de Constitución…de concederse la suspensión para efecto de que el quejoso sea puesto en libertad, significaría constituirle un derecho que no tenía en su esfera jurídica, lo que no es jurídicamente posible realizar a través del incidente de suspensión”.
Lavalle Maury es el primer imputado vinculado a proceso de los 70 señalados en la denuncia que realizó Emilio Lozoya, ex titular de Pemex, luego de que acordó con la FGR convertirse en testigo colaborador y aportar datos contra quienes recibieron sobornos para aprobar las reformas en el ámbito eléctrico y de hidrocarburos, entre otras.
Fuente: La Jornada