La resolución abre la puerta para que los otros involucrados como el exgobernador Mario Marín y el exjefe de la Policía Ministerial de Puebla, Hugo Adolfo Karam Beltrán, así como el resto de los implicados, sean absueltos.
Un tribunal federal otorgó un amparo al empresario textilero, José Kamel Nacif Borge, en contra de la orden de aprehensión girada en su contra por el delito de tortura en contra de la periodista y defensora de derechos humanos, Lydia Cacho, en represalia por su libro “Los Demonios del Edén” en el que se exhibe a Kamel Nacif y al exgobernador de Puebla, Mario Marín Torres, por redes de pederastia en nuestro país.
El amparo otorgado al presunto pederasta Kamel Nacif fue otorgado por el Tercer Tribunal Colegiado en el Estado de Quintana Roo dentro del expediente 143/2021 en un plazo menor a dos meses, periodo de tiempo que coincide con el cambio de la magistrada que se había encargado de revisar el caso y de girar las órdenes de aprehensión contra todos los involucrados en el caso de la tortura y agresión sufrida por la periodista Lydya Cacho.
La resolución fue adoptada con dos votos a favor de la magistrada Selina Ahidé Avante Juárez, quien elaboró el proyecto de resolución y de la secretaria de acuerdos en funciones de magistrada, Graciela Bonilla González, quien habría sido designada por la propia magistrada Avante.
La resolución abre la puerta para que los otros involucrados como el exgobernador Mario Marín y el exjefe de la Policía Ministerial de Puebla, Hugo Adolfo Karam Beltrán, así como el resto de los implicados sean absueltos, ya que según la sentencia de amparo que no se pudo demostrar que la aprehensión ilegal y tortura que sufrió Cacho Ribeiro tuvieran relación con la denuncia que hizo en su libro “Los Demonios del Edén” sobre las redes de pornografía infantil que operan en México”.
El voto en contra de la sentencia absolutoria fue del magistrado Jorge Mercado Mejía, quien rechazó los argumentos esgrimidos por sus pares en el sentido de que las vejaciones sufridas por Cacho Ribeiro no tienes relación con su ejercicio periodístico, pese a que las grabaciones sobre el caso y otras evidencias obran en la averiguación previa iniciada hace 15 años.
📣 Sentencia que exonera a Kamel Nacif abre camino a la impunidad en el caso de @lydiacachosi
En este contexto adverso para la plena vigencia de los DH, Lydia Cacho y ARTICLE 19 reafirman su compromiso de la búsqueda de verdad, justicia y reparación:
— ARTICLE 19 MX-CA (@article19mex) July 27, 2021
El amparo, obra de la corrupción: Cacho
La periodista Lydia Cacho afirmó que fuentes del propio Poder Judicial Federal le revelaron que el amparo otorgado a Kamel Nacif fue obra de la corrupción y que la magistrada titular del tribunal, Selina Ahidé Avante Juárez, y la secretaria en funciones de magistrada, Graciela Carrasco, habrían recibido un presunto soborno para emitir este fallo.
“Tenemos información muy delicada en el sentido de que hubo recepción de recursos económicos por parte de las magistradas”, denunció.
Agregó que dichas magistradas recurrieron a la misma argumentación que el primer juez corrupto que llevó su caso hace 16 años, al señalar que la orden de aprehensión en su contra estaba justificada debido a que no se podía acreditar que Lydia Cacho era periodista, además de afirmar que el libro “Los Demonios del Edén” representaba “un libelo”.
Cacho Ribeiro también denuncia que las dos magistradas que resolvieron su caso “son afines al PRI” y tienen relación con el exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge Ángulo, mismas que llegaron al tribunal federal “un mes después” de que se celebraran las elecciones para renovar diputados federales del pasado 6 de junio.
Por lo anterior, Lydia Cacho cuestionó sobre “quién manda realmente en el Poder Judicial de la Federación, quién manda en la Fiscalía General de la República (FGR) y en el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador”.
“La delincuencia organizada está operando en la FGR, en el Poder Judicial y al interior de la llamada Cuarta Transformación, por eso nos regresaron a los argumentos falsos de la corrupción sobre mi caso”, alertó.
Por su parte, el Director Regional de Artículo 19 para América Latina y el Caribe, Leopoldo Maldonado, recordó las grabaciones en las que Mario Marín y Kamel Nacif se ponen de acuerdo para la detención y tortura en contra de Lydia Cacho y lamentó que los poderes fácticos estén compenetrados con el Estado mexicano, cuya evidencia es la operación de estos en favor del exgobernador de Puebla y del empresario textilero señalado por pederastia.
Además, denunció que los cambios ocurridos en los dos últimos meses en el Tercer Tribunal Colegiado del estado de Quintana Roo para cambiar la integración y garantizar la votación del caso a favor de los torturadores de Lydia Cacho, fueron operados por el exconsejero de la Judicatura Federal, Alfonso Pérez Daza, junto con la magistrada Avante.
Una resolución engañosa
Apenas en abril pasado, el Segundo Tribunal Unitario de Quintana Roo había negado un amparo a José Kamel Nacif Borge por el delito de tortura en el caso Lydia Cacho, resolución que su defensa impugnó y que fue turnada al Tercer Tribunal Colegiado de esa misma entidad, y que fue resuelto por las nuevas magistradas en un periodo menor a dos meses.
Así, el pasado 15 de julio liberaron a Kamel Nacif de cualquier responsabilidad en la tortura sufrida por Lydia Cacho, argumentando que, tras valorar las conversaciones telefónicas entre el exgobernador de Puebla, Mario Marín, referenciado como en la charla grabada como “el gober precioso” y Nacif Borge, no se refieren de manera expresa a la autora del libro “Los Demonios del Edén”.
“El Tercer Tribunal Colegiado resolvió que cuando Marín dice que acababa de dar “un pinche coscorrón a esta vieja cabrona (sic)”, se trata de una afirmación ‘vaga y genérica’ que en México es utilizada para identificar a una mujer. ‘Pero ante la falta de precisión de algún nombre, no puede concluirse que, entre todas las mujeres del mundo, los que intervinieron en la llamada se referían en específico a la sujeto pasivo (de la agresión, es decir Lydia Cacho]”, explica un extracto de la resolución.
Además, las magistradas señalaron en su fallo que “no hay prueba fehaciente” sobre la existencia de una orden para torturar a la periodista por publicar el libro y que, todo lo sucedido y vivenciado por ella, se reduce a la responsabilidad individual de los dos policías que detuvieron a Lydia
Leopoldo Maldonado explicó que otro razonamiento inverosímil es la forma en que ambas concluyeron que los automóviles particulares, propiedad de Kamel Nacif, que escoltaron el traslado de la periodista Lydia Cacho de Puebla a Cancún y que luego acompañaron a los policías judiciales, actualmente bajo proceso, de regreso a Puebla, “era un dato irrelevante”, sin explicar porque los llamados “madrinas” no tenían interés en una diligencia oficial en la que nunca participan privados.
“Para un país donde la tortura, particularmente la de índole sexual contra mujeres, es una práctica generalizada y la violencia contra la prensa es una constante que se registra cada 13 horas, el mensaje de las autoridades judiciales es devastador al favorecer la impunidad.
“La sentencia además denota un profundo desconocimiento de los estándares internacionales en materia de derechos humanos y tiene una clara intención de exonerar a todos los autores intelectuales”, advirtió Artículo 19 en un comunicado.
A su vez, el abogado de Artículo 19, Luis Knapp, advirtió que este fallo abre el camino de la impunidad del resto de los involucrados, ya que todos los demás juicios relacionados con el caso, serán resueltos por las mismas magistradas con el mismo argumento que no tomó en cuenta los estándares en materia de derechos humanos
“El 15 de julio se abrió una ventana a la impunidad y un obstáculo al acceso a la justicia de Lydia Cacho por estas magistradas que en Quintana Roo otorgaron el amparo a Kamel Nacif, tras decidir que las torturas en su contra no tenían vínculo con la publicación de “Los demonios del Edén” y que las grabaciones conocidas desde febrero del 2006 no se refieren a este hecho”, concluyó.
Fuente: Apro