El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, declaró fundado el recurso de revisión que interpuso la Fiscalía General de la República, el cual revoca la suspensión definitiva que un juez federal otorgó a Emilio Zebadúa, ex oficial mayor de las secretarías de Desarrollo Social (Sedesol) y Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), que impedía ser detenido para enfrentar las acusaciones que tiene en su contra por el desvío de más de cinco mil millones de pesos, caso conocido como la Estafa Maestra.
El fallo permite que la FGR pueda judicializar la carpeta de investigación y el asunto ante un juzgado de control. De acuerdo con los magistrados tampoco procede concederle la suspensión definitiva a el ex funcionario para efectos de que el quejoso tenga libre acceso a dicha carpeta, pues con ello se infringen disposiciones de orden público, las cuales establecen la facultad de reserva del Ministerio Público.
Entre los actos que reclamó Emilio Zebadúa a la FGR, está la omisión de las autoridades para citarlo en calidad de inculpado o imputado dentro de la carpeta de investigación que integra en su contra, para saber la acusación, los datos de prueba o elementos que existen en su contra, así como no darle acceso a las constancias.
Los magistrados argumentaron que la persona que adquiera la calidad de imputado dentro de una investigación, tendrá acceso a los registros de la carpeta de investigación en tres momentos diferentes, los cuales son: cuando el imputado se encuentre detenido, cuando se reciba su declaración o sea sujeto de un acto de molestia y se solicite su entrevista, y antes de su primera comparecencia ante el juez, con la oportunidad debida para preparar su defensa.
En este sentido, dijeron, de la carpeta de investigación afecta al juicio, se advierte que el quejoso no se encuentra en ninguna de las tres hipótesis mencionadas.
“Es improcedente conceder la suspensión para el efecto de que esta autoridad no judicialice la carpeta de investigación, pues esto contraviene disposiciones de orden público, al paralizar el procedimiento penal, imposibilitando al Ministerio Público a formular imputación y afectando el interés social.
“La facultad constitucional de esta autoridad responsable en torno a la investigación de los delitos no puede paralizarse, ya que la sociedad está interesada en que dicha facultad se ejerza plenamente sin demoras, ya que de no hacerlo, se perturbarían eventualmente los derechos fundamentales de las víctimas, mismas que no obtendrían la reparación del daño causado ni tendrían acceso a una justicia pronta” señala la resolución del colegiado.
Falsificación de firmas y convenios
Emilio Zebadúa, obtuvo una suspensión que impedía su captura en julio del año pasado, una semana antes de la audiencia inicial en contra de Rosario Robles Berlanga, por el delito de ejercicio indebido del servicio público y que en la actualidad se encuentra privada de la libertad.
En ese entonces el juzgado tercero de distrito con sede en el estado de Chiapas, concedió la suspensión provisional y posteriormente a definitiva para que el Ministerio Público no pudiera citar a comparecer, confiscar bienes o judicializar la carpeta de investigación en la que se le imputa haber dirigido la falsificación de firmas y convenios, simulación de contrataciones y otros actos que derivaron en un daño al erario por 5 mil 73 millones de pesos.
Incluso durante una de las audiencia en la cual se le informó a la ex titular de Sedesol y Sedatu, Rosario Robles, la acusación en su contra por los desvíos de recursos públicos, se mencionó que Emilio Zebadúa era quien dirigía las acciones para elaborar los contratos con universidades y otras entidades públicas y privadas por medio de los cuales se cometió el millonario desvío.