Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio luz verde a la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de realizar tres debates entre los candidatos presidenciales rumbo al 2018.
También avaló los lineamientos para las tareas de visita de ciudadanos insaculados; la designación de presidentes de los 300 consejos distritales; la negativa de atraer, para su definición, el tope de gastos de campaña en la Ciudad de México y Campeche, así como el catálogo de programas de radio y televisión que serán monitoreados durante campañas y precampañas.
De igual manera, el Pleno del TEPJF ratificó la negativa del Registro Federal de Electores del INE en cuanto a proporcionar domicilios de la base de datos del padrón electoral, por tratarse de datos personales y sensibles que exigen custodia y no pueden ser entregados a los partidos políticos.
En sesión pública, las magistradas y magistrados aprobaron el acuerdo INE/CG562/2017 del Consejo General del INE, mediante el cual emitió las reglas básicas para la realización de tres debates entre las y los candidatos a la Presidencia de la República, así como los criterios objetivos para la selección de las y los moderadores.
De acuerdo con un comunicado de la institución, el Pleno consideró infundado el agravio sobre un mayor número de debates, porque el INE señaló como razones válidas, objetivas y razonables que con tres se proporciona mayor información pública, plural y oportuna, lo que permitirá a la ciudadanía ejercer plenamente su derecho a votar, además de que se llevará a cabo uno por cada mes de campaña electoral.
La Sala Superior estimó que es inatendible el alegato de que hay ciudades con mejores características para los debates que la Ciudad de México, Tijuana y Mérida, ya que éstas, seleccionadas por el INE, cuentan con infraestructura suficiente para su desarrollo. También determinó infundado el argumento de que sean realizados de lunes a viernes por supuestos motivos de mayor audiencia en televisión, pues ese medio no es el único canal de difusión que se debe tomar en cuenta.
Las magistradas y magistrados establecieron que carece de razón el argumento mediante el cual se cuestiona que se haya determinado el 12 de junio de 2018 para el último debate, por ser fecha coincidente con la inauguración del Mundial de futbol, ya que el motivo para su adopción fue dar posibilidad a las y los candidatos de utilizar el contenido de los debates en sus mensajes promocionales.
Finalmente, consideró que la fecha favorece que se cuente con tiempo suficiente para que los medios de comunicación y la ciudadanía analicen y discutan en torno a las propuestas y posturas expuestas en los debates.