Suspende juez vinculación a proceso de Murillo Karam

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La defensa de Murillo Karam argumentó que el exfuncionario de la PGR es inimputable, es decir, una persona legalmente incapaz por razón de su edad o estado mental, y que a pesar de ello, las autoridades lo detuvieron en cumplimiento a la orden de captura.

Una juez federal en la Ciudad de México le concedió una suspensión definitiva al ex titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Jesus Murillo Karam contra la vinculación a proceso por los delitos de tortura contra la procuración de justicia y desaparición forzada relacionada con el caso Ayotzinapa.

Las suspensiones para efecto de que juez de control del Centro de Justicia Federal con sede en el Reclusorio Norte, Marco Antonio Fuerte Tapia suspenda el procedimiento en lo que corresponde al quejoso, una vez cerrada la etapa intermedia y hasta que sea notificada de la resolución que recae en el presente juicio de amparo.

Sin embargo, la Fiscalía General de la República puede apelar el resolutivo del juzgado para que el caso se turne a un tribunal colegiado quien determinara si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.

La juez celebró la audiencia incidental este 28 de septiembre a las 10:00 horas y ahí mismo determinó conceder la suspensión definitiva, según consta en los estrados judiciales, misma que no implica la libertad de Murillo Karam ni la cancelación del proceso penal en su contra.

Sin embargo, desde ayer ordenó enviar el expediente en el que Murillo Karam reclamó el auto de vinculación a proceso que le fue dictado el pasado 24 de agosto por el juez de control Marco Antonio Fuerte Tapia, adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte, al juzgado Segundo de Distrito de Amparo en la materia.

Esto, debido a que con anterioridad el exprocurador tramitó otro juicio de garantías ante dicho juez contra su ilegal detención, incomunicación y la ejecución de cualquier orden de aprehensión.

En dicha demanda, la defensa de Murillo Karam argumentó que el exfuncionario del sexenio de Enrique Peña Nieto es inimputable, es decir, una persona legalmente incapaz por razón de su edad o estado mental, y que a pesar de ello, las autoridades lo detuvieron en cumplimiento a la orden de captura emitida por el juez Fuerte Tapia.

Además, reclamó también la vinculación a proceso derivada de la ejecución de la orden de captura, por lo que al considerar que los actos reclamados de ambas demandas tienen conexidad por encontrarse en la misma causa penal, la Juez Décimo Sexto consideró necesario enviar el expediente al juez Segundo de Distrito.

“Se estima que este juzgado Décimo Sexto de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México, por cuestión de turno no debe conocer y resolver el presente juicio de amparo”, señaló la juzgadora.

“Remítase vía interconexión copia digitalizada de las constancias relativas al juicio de amparo 771/2022 de este índice, al Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México, para que manifieste si acepta el conocimiento del presente juicio de amparo”.

Murillo Karam es señalado por la Fiscalía General de la República (FGR) como responsable de la creación de la “verdad histórica” sobre lo que ocurrió con los 43 normalistas desaparecidos la noche y madrugada del 26 y 27 de septiembre de 2014, respectivamente, en Iguala, Guerrero.

Dicha versión, según la FGR, obstaculizó la realización de una investigación diligente para saber qué pasó con los normalistas y, para ello, se alteró evidencia para ajustarla a la “verdad histórica” que, además, se basó en testimonios supuestamente obtenidos mediante tortura.

En consecuencia, estas acciones han facilitado que los normalistas permanezcan en calidad de desaparecidos durante todos estos años.

Fuente: Apro/ La Jornada

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