Con cuatro votos en contra y uno a favor, la Suprema Corte de Justicia rechazó el proyecto que buscaba reformar el marco penal en Veracruz para despenalizar la interrupción del embarazo por cualquier causa antes de las 12 semanas.
Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que proponía amparar a diversas organizaciones sociales, en contra de la presunta omisión legislativa sobre la interrupción legal del embarazo en Veracruz.
“Se desecha el proyecto por mayoría de cuatro votos y se instruye a la secretaría de Acuerdos de esta Primera Sala para que realice los trámites necesarios para que se turne este asunto a alguno de los ministros integrantes de la mayoría”, señaló el primer ministro, Juan Luis González Alcántara Carrancá.
El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, discutido este miércoles en la corte, revisó el amparo 636/2019, el cual fue otorgado a un juez federal en Xalapa, en el cual ordenaba al Congreso de Veracruz a reformar el código para despenalizar el aborto en la entidad.
El proyecto, que buscaba que el Congreso local reformará los artículos 140, 150 y 154 del código penal estatal, indica que el Código Penal veracruzano supone una barrera discriminatoria al acceso a la salud en condiciones de igualdad para las mujeres, pues el tipo penal solo recae en ellas por sus condiciones físicas y biológicas, y la sanción funge como obstáculo para el acceso a servicios de salud seguros y con perspectiva de género.
La mayoría de los ministros de esta sala señalaron que no existe en la constitución federal ni en los convenios internacionales firmados por México una obligación para que los congresos estatales legislen sobre este tema en determinado sentido.
Debido a que la propuesta del ministro González fue rechazada por la mayoría, el asunto será returnado a otro ministro, que deberá hacer otro proyecto de sentencia, acorde con el sentido de los argumentos expresados en esta sesión.
Al respecto, la ministra Norma Lucía Piña Hernández señaló que las asociaciones que promovieron el amparo no reclaman en el fondo una omisión legislativa, sino la supuesta discriminación que existiría por no incluirse en la ley actual las causales para la interrupción del embarazo en estadios tempranos.
En este sentido, como no hay en la constitución federal una definición sobre estos términos, la SCJN sólo podría ordenarle al congreso de Veracruz que legislara, pero no en qué términos hacerlo.
De lo contrario, advirtió, la SCJN estaría incurriendo en un activismo judicial que desbordaría sus facultades constitucionales.
El ministro González Alcántara Carrancá sostuvo su proyecto y argumentó que si existe en convenios internacionales, como el de Belém do Pará, la obligación constitucional de eliminar normas discriminatorias que permitan la violencia contra las mujeres o limiten su acceso al derecho a la salud, lo cual, sostuvo, es el caso en la legislación de Veracruz.
Fuente: El Financiero/ La Jornada