El gobierno mexicano no puede dar por muertos a los normalistas de Ayotzinapa desaparecidos, pues de acuerdo con los estándares internacionales contenidos en las convenciones sobre desaparición forzada, éste es un crimen de carácter continuo, es decir, que comienza con el acto de detención y culmina con el esclarecimiento de la suerte o el paradero de la víctima, dijo Santiago Corcuera Cabezut, experto mexicano independiente integrante del Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU, organismo ante el cual los padres de los normalistas expondrán el caso la próxima semana.
El también académico de la Universidad Iberoamericana explicó que ante la eventualidad de que las autoridades federales decidieran cerrar las investigaciones del caso, los familiares de los normalistas podrían acudir al amparo bajo el argumento de violación a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada. Y es que dicho instrumento internacional forma parte del bloque de constitucionalidad mexicano, de acuerdo con la resolución 293 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Corcuera precisó que se entiende por esclarecimiento de la suerte o del paradero de la víctima, “la determinación, más allá de toda duda, de la localización de la persona, si es que está viva; y la comprobación, de que está viva, corroborada por los familiares”.
Cabe recordar que sólo los restos de uno de los 43 estudiantes desaparecidos desde el 26 de septiembre —Alexander Mora Venancio— han sido identificado mediante pruebas de ADN y que los expertos forenses argentinos y de la Universidad de Innsbruck han advertido sobre las dificultades de confirmar la identidad de los demás restos hallados durante las investigaciones por el grave daño que presentan.
Al respecto, el maestro Santiago Corcuera consideró que en el caso de que la víctima estuviera muerta, la confirmación de ello puede hacerse con la existencia del cadáver, o con una prueba de que existen sus restos, identificados a través de estudios científicos, como el de ADN. Pero “mientras no exista esa certeza no se pueden declarar muertas a las víctimas, y se entiende que la desaparición forzada se sigue cometiendo”.
En el supuesto de que fuera imposible aclarar el caso físicamente, o sea, determinar con certeza la suerte o el paradero de las víctimas, el gobierno podría fomentar que se haga una declaración de ausencia por desaparición forzada, con los mismos efectos de una declaración de muerte presunta, pero sin que se diga que es una declaración de muerte presunta.
La declaración de ausencia por desaparición forzada implica que el Estado reconoce que los familiares de la víctima pueden ejercer los derechos de la persona, como si estuviera muerta, pero con presunción de vida, explicó Corcuera, integrante del Departamento de Derecho de la Ibero.
El Comité Contra las Desapariciones Forzadas de la ONU revisará la situación de México en esta materia en sesiones que se llevarán a cabo los próximos 2 y 3 de febrero en Ginebra, Suiza.
Una comisión de padres de los normalistas desaparecidos viajará en esas fechas para participar en la reunión.
Fuente: AFP