El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la Consulta a Trámite (por ocho votos a tres) presentada por el PRD para solicitar la calificación de la constitucionalidad de la Consulta Popular sobre la reforma constitucional en materia energética. Los ministros dejaron en claro que su decisión “no suspende” el trámite que debe seguir la Consulta y que tampoco se manifestaron sobre la constitucionalidad de la petición.
En todo caso, explicaron, si la autoridad electoral determina que la Consulta Popular cumple con los requisitos legales, entonces la Corte estará en condiciones de resolver si la pregunta que se haría, en el marco de la elección federal del 2015, cumple con lo establecido en la propia constitución.
Margarita Luna Ramos comentó que lo que sucedió fue que los ciudadanos que presentaron la solicitud “se adelantaron” en el trámite, porque en ésta instancia el Congreso es el órgano encargado de conducir el proceso y que después, si se cumplen los requisitos, la Corte estará en condiciones de calificar si la petición es procedente o no.
Los ministros resolvieron que el ministro presidente, Juan N. Silva Meza emita el acuerdo correspondiente en el que deseche “por improcedente” la solicitud de los ciudadanos, que en su representación presentaron los senadores perredistas el pasado 4 de diciembre.
La mayoría no aceptó hacer un pronunciamiento respecto a que “el ejercicio de un derecho humano no debe depender de que el Congreso emita la ley respectiva”, y se aprobó prácticamente sin cambios, el proyecto elaborado por el ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán, quien planteó que los peticionarios no estaban legitimados para solicitarle a la Corte su intervención.
El ministro presidente Juan N. Silva Meza, quien al igual que Sergio Valls, Luis María Aguilar, Fernando Franco, Margarita Luna Ramos, Jorge Pardo y Arturo Zaldívar, votó en favor del proyecto, destacó la importancia de la Consulta a Trámite, y aunque en su intervención puso énfasis en la importancia que tenía el hecho de que varios ministros se pronunciaran con relación a que el ejercicio de un derecho constitucional no depende de que el legislativo emita una ley.
Cuando el ministro ponente precisó la redacción del dictamen definitivo, en el que se eliminaba ese pronunciamiento de la Corte sobre los derechos humanos y la constitución, Silva Meza no hizo alusión alguna a su comentario y con ello, su punto de vista y el de otros ministros al respecto, quedó fuera del dictamen.
Los ministros que quedaron en la minoría fueron Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quienes coincidieron en darle trámite a la petición del PRD.
Cossío propuso que el asunto se enviara al Senado de la República, para que éste a su vez, lo enviara al Instituto Federal Electoral o al Instituto Nacional de Elecciones para que determinara si la petición de consulta sobre la Reforma Energética cumplía con el requisito de que las firmas que lo apoyan suman dos por ciento de la lista nominal de electores que establece la Constitución.
En Senado dan luz verde a trámite
El Senado emitió un acuerdo que da trámite a la solicitud de consulta popular a la modificación de los artículos 27 y 28 de la Constitución en materia energética que fue solicitada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en diciembre pasado.
El año pasado la presidencia nacional del PRD, sus grupos parlamentarios en el Senado y en la Cámara de Diputados, figuras como el ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas, presentaron una solicitud al presidente de la Cámara Alta Raúl Cervantes, firmada por más de un millón 700 mil personas para que convoque a este ejercicio ciudadano.
El acuerdo, que fue publicado hoy en la Gaceta Parlamentaria, señala que en un plazo de tres días naturales contados a partir de la notificación para que subsanen los errores y omisiones que se pudieran presentar, así como para nombrar a sus representantes legales para recibir notificaciones.
Una vez publicada en la Gaceta Parlamentaria se solicitará al Instituto Federal Electoral que en un plazo de 30 días naturales verifique que ha sido suscrita en un número equivalente al menos en 2% de las personas inscritas en la lista nominal de electores.
Fuente: La Jornada