SFP inhabilita a cinco proveedores del sector salud

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La Secretaría de Función Pública inhabilitó por siete años a cinco de los principales proveedores del sector salud por prácticas monopólicas e irregularidades en contrataciones. Se trata de Centrum Promotora Internacional S.A. de C.V.

La dependencia publicó este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las sanciones impuestas a Valtrum S.A. de C.V., Centrum Promotora Internacional S.A. de C.V., Instrumentos y Equipos Falcón S.A. de C.V e Impromed, S.A. de C.V. En tanto que el miércoles publicó una circular con la sanción impuesta a Selecciones Médicas S.A. de C.V.

El Órgano Interno de Control en el ISSSTE, instancia de la SFP responsable del proceso sancionatorio, señaló que le fueron impuestas multas a las empresas por un monto que no especificó y que corresponde a irregularidades detectadas entre 2012 y 2018, periodo en el que este conjunto de proveedores obtuvo contratos públicos por más de tres mil millones de pesos.

De acuerdo con la SFP, las sanciones se impusieron porque las empresas ejecutaron con uno o más proveedores “acciones que impliquen por objeto o efecto obtener un beneficio o ventaja indebida en las contrataciones públicas”, así como por “realizar actos u omisiones que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos en las contrataciones públicas de carácter federal o simule el cumplimiento de éstos”.

Información del portal quieesquien.wiki indica que tan solo Centrum Promotora Internacional obtuvo entre 2008 y 2017 contrataciones con instancias como el ISSSTE y el IMSS por 2.7 mil millones de pesos con sobrecostos de hasta el 120 por ciento en los productos y servicios contratados.

La SFP señaló en el DOF que las empresas sancionadas no podrán participar por siete años de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación, ni celebrar contratos con las dependencias y entidades de la administración pública federal y, en general, con cualquiera de las instituciones públicas contratantes contempladas en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas vigente en la época de los hechos sancionados.

Al término del periodo de sanción, las dependencias del gobierno no podrán otorgar a las empresas infractoras -que aún pueden interponer recursos en contra de las sanciones ante las instancias correspondientes- subsidios, donativos y otros beneficios previstos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y en los demás ordenamientos aplicables.

Fuente: La Jornada

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