El decreto plantea dar de baja a cadetes y discentes del Servicio Educativo Militar en caso de mala conducta o ante el supuesto de imposibilidad para el cumplimiento de sus obligaciones militares, previa audiencia para su legítima defensa.
El Pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad -94 votos- reformas a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de disciplina de discentes.
El decreto remitido al Ejecutivo federal para su eventual promulgación y vigencia plantea dar de baja a cadetes y discentes del Servicio Educativo Militar en caso de mala conducta o ante el supuesto de imposibilidad para el cumplimiento de sus obligaciones militares, previa audiencia para su legítima defensa.
Se faculta al General secretario de la Defensa Nacional para dar de baja a los educandos del Sistema Educativo Militar si se observa mala conducta en su actuar, acción que será determinada por el Consejo de Honor de la unidad o dependencia a la que se encuentren adscritos, o en los casos que se vean inhabilitados para cumplir con sus obligaciones militares.
El artículo 170 reformado establece que la baja es la separación definitiva de los miembros del Ejército y Fuerza Aérea del activo de esas instituciones y que procederá por ministerio de Ley o por acuerdo del secretario de la Defensa Nacional en determinados casos.