La medida posibilitaba que con un saldo a favor en un impuesto, como el IVA, se pagara otro, como el ISR
La Suprema Corte de Justicia prohibió a los jueces federales de todo el país conceder suspensiones para que los contribuyentes puedan seguir aplicando la llamada compensación universal en el pago de impuestos, cancelada en enero por el nuevo Gobierno.
Por cuatro votos contra uno, la Segunda Sala de la Corte resolvió que estas suspensiones no proceden, porque la aplicación indiscriminada de la compensación puede dar lugar a fraudes fiscales.
La jurisprudencia de la Corte está vigente a partir del 9 de agosto, y sólo se refiere a la suspensión, es decir, el Poder Judicial aún tendrá que resolver el tema de fondo, que es aclarar si fue Constitucional eliminar esta figura.
Los ministros tuvieron que resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados de circuito, muchos de los cuales otorgaron suspensiones en el primer trimestre del año para seguir aplicando la compensación, por considerar que no se afectaba el interés público.
“El efecto (de la suspensión) se traduciría en permitir al quejoso compensar indistintamente los saldos a su favor, sin que la autoridad fiscal pueda pronunciarse sobre la procedencia de los saldos objeto de la compensación (dado que basta la presentación del aviso respectivo), lo cual permitiría la utilización indebida de ese mecanismo de extinción de obligaciones para generar una defraudación”, resolvió la Corte, con el Ministro Alberto Pérez Dayán como único disidente.
Los tribunales colegiados a favor de la suspensión afirmaban que la compensación universal sigue prevista en el Código Fiscal y la Ley del IVA, y que permitirla mientras se resuelven los amparos no afecta la recaudación.
“No puede estimarse que el otorgamiento de la suspensión prive de un provecho concreto y generalizado a la sociedad, pues la norma que se reclama versa sobre el ejercicio del derecho a recuperar cantidades que a su favor tiene un contribuyente, lo que en modo alguno incide con la recaudación ni con las facultades de comprobación”, afirmó el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado Administrativo en la Ciudad de México.
Entre las empresas que promovieron amparos por esta reforma, aplicada en la Ley de Ingresos de 2019, destacan Ferromex, Grupo Salinas y todas sus filiales, Herdez, Cinépolis, Chedraui, Nestlé, Grupo Posadas y Bayer, por mencionar algunas, pero también se ampararon decenas de razones sociales de aparentes empresas de papel, sobre las que no hay registro alguno de actividades reales.
La eliminación de la compensación a partir de 2019, provocó una caída de 50 por ciento en recaudación por servicios financieros y seguros durante el primer semestre del año, así como un incremento de 32 por ciento en las devoluciones de IVA, pues ya no se pueden compensar los saldos a favor por este impuesto para descontarlos del pago de otros, como el ISR.
Fuente: Reforma