La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dispuso que el INE “lleve a cabo el procedimiento de revocación de mandato de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado”.
Esto significa que el INE tendrá que llevar a cabo la consulta aún si no consigue una ampliación de su presupuesto, y aunque ello suponga ajustar el gasto mediante medidas como recortar el número de casillas.
Al modificar las medidas cautelares de la controversia promovida por el INE, en busca de más presupuesto para llevar a cabo dicho ejercicio democrático, la SCJN analizó los hechos supervenientes que el organismo electoral adicionó a su demanda y dispuso que ninguna autoridad podrá ejecutar “algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho instituto”.
El acuerdo publicado en los estrados del máximo tribunal se refiere al incidente de suspensión de la controversia constitucional 209/2021, que modifica la resolución original, decretada el 10 de diciembre del año pasado, donde se había negado cualquier medida cautelar.
Esta modificación se da luego de que el INE presentó nuevos hechos relacionados con su solicitud inicial, entre ellos la denuncia penal promovida por el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Carlos Gutiérrez Luna, en contra de los consejeros electorales.