La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó darle a la Cámara de Diputados una prórroga para que cumpla con el fallo donde el máximo tribunal le ordenó reformar la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza (LNUF), corrigiendo las deficiencias que los ministros le encontraron, en materia de respeto a los derechos humanos.
Este fallo fue emitido el 26 de octubre del año pasado, cuando el pleno de ministros resolvió la acción de inconstitucionalidad 64/2019 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), ordenando al Congreso de la Unión que corrigiera los defectos encontrados en la LNUF en su primer periodo ordinario de sesiones, el cual concluyó en abril pasado.
Como el fallo no se cumplió, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, le envió a la SCJN un escrito solicitándole que ampliaran el plazo y les permitan hacer las reformas necesarias en el segundo periodo de sesiones de este año.
En su documento, el diputado informa que están trabajando en el tema, sobre el cual existen iniciativas con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, las cuales se turnaron a las Comisiones Unidas de Gobernación y Población, y de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Sin embargo, la SCJN se negó a ampliar el plazo otorgado, según se dio a conocer en un acuerdo publicado este martes: “Al respecto, no ha lugar a otorgar prórroga de plazo para el cumplimiento de la sentencia dictada en el presente asunto, ya que plazo fue claramente especificado por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
La SCJN también solicitó información al Senado sobre los pasos que ha tomado para cumplir con su fallo, y la respuesta fue que en esa cámara no se analiza ninguna propuesta al respecto: “el Secretario General de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Senadores, después de una búsqueda en los archivos determinaron que no tienen registro de algún documento tendente a dar cumplimiento al fallo constitucional dictado en el presente asunto.”
Ante esta situación, el máximo tribunal emplazó a la Cámara de Diputados, como cámara de origen de la LNUF, para que en los próximos diez días hábiles le entregue copias certificadas de los documentos que “acrediten los actos que ha llevado a cabo para lograr el cumplimiento fehaciente del fallo constitucional”.
La SCJN le advierte al diputado Gutiérrez Luna que, de ser omiso en este nuevo requerimiento, le impondrá una multa y le impondrá las sanciones fijadas en el artículo 46 de la Ley Reglamentaria del Artículo 105 constitucional, que incluyen separación de su cargo e incluso consignación por desacato.
Fuente: La Jornada