La multinacional pidió a la Corte revisar un amparo de 4 empresas en un intento, rechazado por al SCJN, de desbloquear el maíz transgénico.
La Suprema Corte de Justicia rechazó una solicitud para revisar en definitiva una medida que bloquea desde hace cuatro años la expedición de permisos comerciales para maíz transgénico.
La Primera Sala de la Corte desechó, en sesión privada, una solicitud de la multinacional Monsanto para reasumir su competencia sobre el amparo promovido por cuatro empresas del sector, en contra de la medida cautelar decretada originalmente en 2013 y modificada en 2016 por el Magistrado federal Benjamín Soto.
En la sesión, ninguno de los Ministros quiso hacer suya la solicitud de Monsanto, que por tanto fue desechada, ya que los particulares no tienen legitimación legal para hacer estas peticiones a la Corte.
El amparo en revisión volverá al Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil, que el pasado 26 de enero aplazó la votación del caso, a la expectativa de lo que resolviera la Corte.
La medida cautelar del Magistrado Soto solo autoriza al Gobierno para expedir permisos en fases experimentales o de proyectos piloto, sujetos a múltiples medidas de contención que, según las empresas afectadas, suplantan las reglas previstas en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (OGM).
La Corte ha resuelto en años recientes algunos amparos contra soya transgénica, pero solo por lo que respecta al derecho de consulta previa a comunidades indígenas.
Las medidas cautelares contra el maíz transgénico fueron dictadas inicialmente en 2013 por el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil, a raíz de una acción colectiva iniciada por un grupo opositor.
En agosto de 2015, el Juzgado revocó las medidas por considerar que no hay evidencia científica del daño del maíz transgénico, pero el grupo inconforme apeló, con lo que dichas medidas se mantuvieron vigentes y luego fueron modificadas por Soto Sánchez.
El pasado 14 de octubre, el también Magistrado Armando Cortés negó a las empresas el amparo en primera instancia contra la resolución de Soto, y esta es la sentencia cuya revisión final no fue asumida por la Corte.
Hasta ahora, el Juzgado de Distrito no ha dictado sentencia en la acción colectiva, es decir no ha emitido una declaración que resuelva sobre el daño o no que los OGM provocarían al medio ambiente.
Cortés consideró que es en esa sentencia donde el Poder Judicial deberá pronunciarse sobre las pruebas de las empresas para rechazar los daños al medio ambiente que alegan los demandantes, y que mientras tanto debe regir el principio de precaución ante la sospecha de afectaciones.
“El Magistrado responsable pasó por alto los informes rendidos por el Gobierno federal, de los cuales se desprende que México importa más de 10 millones de toneladas de maíz genéticamente modificado anualmente, así como que en más de 15 años de presencia en territorio nacional no se ha generado algún caso de amenaza o riesgo al medio ambiente”, afirman las empresas en su amparo.