La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó amparar a una empresa que pretendía obtener permiso del Gobierno para desarrollar y vender medicamentos con base en mariguana, por lo que no resolvió sobre la validez de que dicha sustancia esté prohibida para fines terapéuticos.
Por 6 votos contra 5, el Pleno de la Corte resolvió hoy que la empresa Comercializadora Rubicón no puede defender el derecho humano a la salud, por ser una personal moral.
Algunos ministros de la mayoría también destacaron que Rubicón no es un laboratorio o empresa farmacéutica que cuente con licencia sanitaria, sino un membrete creado para crear un litigio ficticio y forzar un pronunciamiento del Poder Judicial.
Por tanto, aún de otorgar el amparo, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) no podría conceder el permiso en cuestión.
Ningún ministro de la Corte se pronunció en favor de la prohibición absoluta para el uso de la mariguana con fines medicinales, prevista en la Ley General de Salud, sino que el amparo se consideró inoperante por razones técnicas.
“Esta resolución no significa que la Corte esté de acuerdo o no que la cannabis se utilice para efectos medicinales, nosotros no estamos diciendo que no se puede o que sí se puede, es una resolución específicamente en relación con los planteamientos de la demanda”, dijo al final de la sesión del presidente de la Corte, Luis María Aguilar.
El proyecto que fue desechado, del ministro Alfredo Gutiérrez, declaraba inconstitucionales tres artículos de la ley que prohíben todos los actos relacionados con la marihuana, por violar el derecho a la salud al impedir que personas tengan acceso a medicamentos que podrían aliviar sus padecimientos.
Aguilar insinuó durante el debate que podía estar a favor de conceder el amparo, pero finalmente se alineó con los cinco ministros de la Segunda Sala, que votaron en bloque por la inoperancia de los argumentos de Rubicón, en contra de los cinco integrantes de la Primera Sala.
Esta última fue la que, en noviembre pasado, amparó a cuatro personas contra la prohibición absoluta del uso de mariguana para fines recreativos.
De haber sido concedido, el amparo no hubiera obligado a la Cofepris a conceder en automático el permiso, pues Rubicón, que no tiene empleados, actividades ni ingresos, hubiera tenido que someterse al complejo proceso sanitario para autorización de nuevos medicamentos.
Fernando Franco y Javier Láynez, en la mayoría, destacaron que Rubicón debió haber alegado violaciones a otros derechos humanos, como la libertad de comercio.
De hecho, el ministro Arturo Zaldívar, que votó por amparar, consideró que el tema comercial era el que debía sustentar la protección a Rubicón, pero sus colegas replicaron que la empresa no basó su demanda en este alegato, y en un litigio administrativo la Corte no puede mejorar los argumentos del quejoso.
Aguilar dijo que la ley no prohíbe absolutamente el uso de estupefacientes para medicamentos, y puso como ejemplo el Cesament, un analgésico que se vendía en México y cuya sustancia activa es semejante a los canabinoides.
Al final de la sesión, Eduardo Medina Mora, que el lunes cuestionó duramente a Rubicón por ser un mero “cascarón” creado para este litigio, dirigió a sus colegas una reflexión sobre la importancia de que la Corte no resuelva asuntos “hipotéticos” o consultas teóricas.
El extitular de la Procuraduría General de la República (PGR) se refirió a casos célebres de la Corte Suprema de Estados Unidos, entre ellos la sentencia que prohibió la segregación racial, “que no surgieron a partir de la creación de casos ad hoc, sino que tuvieron como origen personas reales y hechos reales”.
Fuente: Reforma