México depositó ante la Organización de Naciones Unidas (ONU) el instrumento de aceptación mediante el cual reconoce la competencia del Comité Contra la Desaparición Forzada, para recibir y examinar comunicaciones individuales de particulares por ese delito, de conformidad con el artículo 31 de la convención respectiva.
Con esta decisión, familiares de los más de 60 mil desaparecidos en el país podrán llevar sus casos ante esa instancia, la cual estará en posibilidades de hacer recomendaciones concretas y ya no generalizadas como sucedía antes.
El 20 de diciembre de 2006, el Estado mexicano adoptó la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones –la cual entró en operación para todos los países el 23 de diciembre de 2010–, pero dejó pendiente de reconocimiento el artículo 31, referente a la atención de personas que alegan ser vícti-mas de violaciones a las disposiciones contenidas en el tratado.
La negativa con Peña Nieto
El gobierno de Enrique Peña Nieto justificó su negativa con el argumento de que era necesario un proceso sustantivo que involucrara la opinión de un gran número de instituciones relevantes, pese a que el propio comité lo llamó a aceptar.
Otras instancias que también pidieron reconocer la competencia fueron la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Luego de que el Senado aprobó en septiembre pasado la competencia del comité en términos del artículo 31, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) informó que a través de la misión permanente ante la ONU, entregó el 2 de octubre a la Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la organización, el instrumento de aceptación suscrito por el presidente Andrés Manuel López Obrador. La convención es el primer instrumento internacional que contempla de manera integral aspectos como el derecho a la reparación, que comprende modalidades como la garantías de no repetición y la indemnización rápida y justa para las personas afectadas.
En tanto, el mecanismo cuenta con el Comité contra la Desaparición Forzada, integrado por 10 expertos de gran integridad moral, reconocida competencia en materia de derechos humanos, independientes, que ejercen sus funciones con imparcialidad. Dicha instancia examina los informes relativos a las medidas adoptadas por los Estados-parte para cumplir con la Convención, y formula los comentarios, observaciones o recomendaciones que considera apropiados.
Fuente: La Jornada