Prevén oleada de demandas contra el fracking

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La mayoría de los litigios que se inicien para impugnar casos de inconstitucionalidad de las leyes secundarias derivadas de la reforma energética deberán ser resueltos por tribunales agrarios, ya que afectarán a los poseedores de tierras en el contexto de extracción de gas y petróleo, sostuvieron jueces en esa materia consultados por La Jornada.

‘‘Ya de por sí arrastramos rezagos en la mitad de los asuntos que atendemos, y ahora los tribunales agrarios ya esperamos una sobrecarga de trabajo por la cascada de asuntos que creemos se estarán presentando a partir del año 2016’’, dijo un magistrado que pidió no mencionar su nombre.

El abogado José Luis Amaro, experto en derecho mercantil, refirió que los juicios que resultarán de la apropiación de tierras para explotar hidrocarburos estarán enfocados en temas de derecho agrario, como la imposibilidad constitucional de que se exploten tierras de uso comunal.

Los litigios que puedan darse entre el sector privado y los poseedores de tierras en el contexto de la extracción de gas y petróleo deberán resolverse conforme a la nueva ley energética en el tribunal agrario, integrado por 55 sedes nacionales. ‘‘Son sedes que han sido rebasadas por ineficiencia y burocracia’’, destacó el litigante.

Deficiente legislación secundaria

De su lado, Humbertus Pérez Espinoza, asesor de asociaciones del campo, dijo que la redacción de la legislación secundaria en materia energética ‘‘carece de técnica jurídica, porque para conseguir la expropiación de bienes comunales hubieran reformado antes el capítulo séptimo del artículo 27 de la Constitución, con objeto de quitar la protección a la figura de propiedad comunal y de asentamientos humanos’’.

Dijo que la ley de amparo vigente, que incluye novedosos temas de protección de derechos humanos, ‘‘hace imposible la expropiación de hidrocarburos y evidencia carencias jurídicas en la reforma energética presidencial. No es una reforma de vanguardia, porque hoy todas las legislaciones en el mundo en materia de energías están reduciendo la producción de energía fósil para sustituirla por renovable’’.

Explicó que las organizaciones agrarias tienen que pronunciarse en defensa del ejido, pues la Constitucióna ordena que no se podrá expropiar la propiedad de los campesinos. ‘‘Se establece que los recursos del subsuelo son de la nación, pero las tierras son propiedad de ejidatarios, vecinos y campesinos’’.

Fuente: El Universal

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