Por Jesús Robles Maloof
“¡Gustavo Ruiz Lizárraga! ¡Me detuvieron por estar grabando!”
El domingo pasado, Gustavo Ruiz Lizárraga, fotógrafo independiente, fue detenido mientras filmaba la actuación de la policía en el Metro San Antonio Abad de la Ciudad de México. Un video muestra la arbitrariedad de los policías a pesar de los reiterados intentos de Gustavo por identificarse y aclarar la importancia de su labor. Mientras escribo estas líneas, duerme en el Reclusorio Sur. El mensaje del Gobierno del DF es claro.
Grabar la actuación de la policía durante protestas es un tema relevante dado contexto donde las detenciones arbitrarias contra ciudadanos pacíficos crecen, incluyendo aquellas dirigidas a quienes, ante un abuso, encienden su cámara. Recordemos los casos recientes del #1DMx, la detención de Nickops mientras transmitía el abuso policial el 10 de junio de Presunto Culpable, por mencionar algunos. Las autoridades temen la evidencia que significa el derecho a filmar. Pero, ¿tenemos el derecho a filmar la actuación de la policía? Revisemos la experiencia en algunos países.
En 2009, la joven británica Gemma Atkinson se encontraba con su novio en la estación del Metro Aldgate East de Londres cuando un grupo de policías decidieron realizarle una inspección y cateo. En un primer momento ella alegó lo ilegal del cateo a su novio dado que no había falta alguna. Ante la persistencia del registro, Gemma encendió la cámara de su celular e inició una grabación.
Momentos más tarde, Gemma fue interpelada por una policía diciendo que era ilegal filmar el hecho, momentos después fue esposada y detenida. Tras una discusión la liberaron, lo que no le quitó del sentimiento de abuso. En efecto en ese mismo año el Parlamento Británico había aprobado mayores facultades a los cuerpos de seguridad para el “combate al terrorismo”, entre las cuales se establecía la prohibición de grabar la actuación de la policía en tareas de “combate el terrorismo”. Decenas de personas fueron detenidas bajo esta norma, procesadas e incluso recluidas por esta disposición, ninguna de las cuales era terrorista.
A Gemma le pareció inaceptable la discrecionalidad con la que dicha disposición se aplicaba y decidió llevar su caso a las instancias judiciales británicas, las cuales establecieron el derecho a filmar las actividades ordinarias de la policía incluyendo las protestas y manifestaciones. Atkinson logró para sí una indemnización y con ella produjo un estupendo video y una campaña para alertar a la ciudadanía sobre el tema.
Al respecto en España la legislación sobre protección del honor establece que el derecho a la propia imagen no impedirá “Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público … y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público”.
En 2012, el gobierno español intentó introducir en el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana la prohibición de tomar imágenes de las actuaciones policiales, para “dar un paso adelante” y “dotar de más seguridad al trabajo de los policías”. En octubre pasado, un Juzgado de Instrucción absolvió a la fotógrafa Tamara Sánchez de las imputaciones de la Guardia Civil que al filmarles violentaba su derecho a la intimidad personal. El Juez sostuvo que la actuación de la Guardia Civil era de interés público, y de manera contundente estableció que “No toda orden emanada de un agente de las FCSE debe ser acatada ciegamente en pro del principio de seguridad, debiendo ser analizada en cada caso cuando un ciudadano no se enfrenta violentamente ni se niega injustificadamente a obedecer una orden sino que la discute de modo pacífico y al menos racionalmente fundado”.
En Estados Unidos, la cuna del derecho penal del enemigo, el reconocimiento del derecho a filmar a la policía es motivo de batallas legales estado por estado. En mayo de 2012 una corte de apelaciones dictó que en el caso ACLU vs. Alvarez es posible grabar a la actuación policial en espacios públicos. Otros circuitos de EU en los casos Glik v. Cunniffe, Iacobucci v. Boulter, Fordyce v. City of Seattle, Smith v. City of Cumming entre otros, han asegurado que la primera enmienda de la Constitución protege el derecho de filmar las acciones de la policía bajo el interés público, aunque en New Jersey puedes ser objeto de demandas legales por hacerlo.
En el ámbito jurisdiccional mexicano aún no abordamos esta importante discusión. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal en su recomendación sobre los hechos ocurridos el #1DMx reconoció que el derecho de grabar la actuación de la policía capitalina forma parte de los derechos reconocidos por la legislación mexicana: “Fotografiar o filmar dentro de los límites legales, es parte del derecho a la libertad de expresión (buscar, recibir y difundir información). Su protección cobra importancia en tiempos donde los medios de comunicación audiovisual predominan. En estos términos las interferencias con el derecho de filmar o fotografiar, posee un estándar más alto cuando se trata de servidores públicos y de asuntos de interés general”.
La Comisión determinó que en los casos de Javier Lara Flores, Carlos Arturo Jasso Díaz y de Fernando Misael Hernández López sus detenciones arbitrarias estaban relacionadas con el hecho que filmaban a la policía. Es claro que tenemos un derecho a filmar la actuación de la policía, que forma parte del derecho a la información y a la libertad de expresión. Un policía no puede argumentar que tal acción viola su derecho a la imagen propia, ya que no estamos ante la presencia de una persona común sino ante la actuación de un agente del Estado que tiene para la colectividad un interés especial.
Este derecho no está necesariamente relacionado con la calidad de periodista o fotógrafo profesional, tanto pertenece a ellos como pertenece a todos los ciudadanos. En una ciudad con el sistema de cámaras más grande en el mundo, sería un sinsentido aceptar que la policía nos puede grabar y nosotros no podemos grabar de vuelta.
El Gobierno del Distrito Federal aceptó formalmente la recomendación de la CDHDF lo que evidentemente no significa que tenga la voluntad de implementarla. El caso de Gustavo Ruiz acredita la intención de la policía capitalina de esconder los abusos. Mientras Gustavo filmaba con su cámara la detención de jóvenes por parte de granaderos les pedía que gritaran su nombre con el objetivo de documentarlos en video, momentos después se enfocó en otro camarógrafo rodeado y sujetado por policías, aclarándole que era “prensa”. Su actitud solidaria le costó su propia detención. El video de su detención es demoledor. Gustavo con temple de acero grabó el recorrido hacia la agencia del Ministerio Público.
Con Gustavo la policía no argumentó, que al filmar, obstaculizaba su función. Lo detuvo y lo presentó al Ministerio Público con cargos falsos. Le achacó los delitos de ataque a la paz pública, resistencia de particulares, delitos contra el ejercicio legítimo de la autoridad y portación de objeto apto para agredir, último delito en el que ostensiblemente la policía proyecta su inconsciente. La autoridad fijó la caución en 23,443 mil pesos. Su familia y amigos juntaron el monto pero horas antes que el plazo terminara, la Ministerio Público de Milpa Alta, Teresita Alonso Sánchez, decidió trasladarlo con otros detenidos el mismo día al Reclusorio Sur.
Miguel Mancera repite la dosis de los hechos ocurridos el 1 de diciembre y 10 de junio pasados, persiste en criminalizar a inocentes, cauciona a unos pocos liberando presión y mantiene a algunos presos a como castigo. La diferencia es que el capital político se le agota y que un político que no aprende es un pobre político. Los videos son una herramienta inmejorable para prevenir y documentar los abusos, han sido y serán presentados en los casos de abuso policial. Sirvieron para liberar a Ana Berenice de la Cruz. Paradójicamente por filmar un video Gustavo fue detenido, pero por el mismo video será liberado.
La próxima vez que veas a los policías abusando de un ciudadano, enciende tu cámara, graba los hechos ya que muy probablemente salvarás a un inocente de ir a la cárcel.
@roblesmaloof
Fuente: Sin Embargo