La investigación de Aristegui Noticias sobre la Casa Blanca de la pareja presidencial cayó como una bomba en un ambiente generalizado de rechazo y desconfianza hacia el gobierno federal por su incapacidad de resolver el caso Ayotzinapa. En un intento por apagar ese fuego, Enrique Peña Nieto hizo que su esposa diera una explicación pública sobre el inmueble… Explicación que no satisfizo a nadie y sólo ha sido objeto de críticas y burlas. Por su parte, el mandatario “abrió” al público su declaración patrimonial, la que, según expertos, deja muchas dudas sobre sus propiedades y la forma en la cual las obtuvo.
Por Arturo Rodríguez García/ Proceso
La reacción del presidente Enrique Peña Nieto al escándalo ya conocido como Casa Blanca dejó más dudas que certezas sobre su patrimonio. Con aparente malestar él y su cónyuge, Angélica Rivera Hurtado, aportaron datos sobre la residencia cuestionada y sobre otros bienes lo cual, más allá del sentimiento de ofensa expresado por la esposa del Mandatario, confirmó los indicios de que hay un conflicto de interés.
La investigación periodística del portal Aristegui Noticias —publicado simultáneamente en el número 1984 de Proceso—, titulada “La casa blanca de Peña Nieto”, reveló que la residencia ubicada en Sierra Gorda 150, en las Lomas de Chapultepec, estaba escriturada a nombre de Ingeniería Inmobiliaria del Centro.
Esa razón social pertenece al empresario Juan Armando Hinojosa Cantú, accionista mayoritario del Grupo Higa, corporativo que en menos de dos años de gobierno federal de Peña Nieto ha sumado 22 mil millones de pesos (mdp) en contratos de obra conforme a lo que se ha transparentado hasta ahora; además durante el periodo de éste como gobernador del Estado de México la empresa obtuvo contratos por más de 35 mil mdp.
Aunque el vocero presidencial, Eduardo Sánchez Hernández dijo al menos dos veces que no existe conflicto de interés, los datos expuestos por Rivera corroboran que Hinojosa Cantú —a quien dijo conocer, “como a muchas otras personas”— construyó la residencia a su gusto y se la financió.
Para el jurista Jaime Cárdenas hay suficientes elementos para pensar que hay conflicto de interés, pues Hinojosa Cantú, quien celebró el contrato de compra-venta de la casa, se ha favorecido con contrataciones del Gobierno Federal tan importantes como la del tren México-Querétaro o el proyecto hidráulico Monterrey VI.
Doctor en derecho e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Cárdenas recuerda que el artículo 8, fracción XI, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos establece como obligación excusarse de intervenir “por motivo de su encargo” en asuntos donde tenga interés personal, familiar y de negocios o que puedan resultar en un beneficio para su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, parientes civiles o para terceros con relación profesional, laboral o de negocios, o sociedades de las que formen o hayan formado parte.
Deberían investigar
A la luz de ese precepto Cárdenas precisa que no es Rivera quien incurrió en conflicto de interés sino el presidente Peña Nieto.
Proceso le menciona al jurista los argumentos —expuestos por el vocero Sánchez el lunes 10 en un espacio informativo de Televisa— de que el contrato se celebró antes de que Peña Nieto fuera presidente o que la asignación del tren rápido México-Querétaro se canceló.
Cárdenas explica que el contrato de compra-venta de la residencia de Sierra Gorda con reserva de dominio —según se dio a conocer en medio del escándalo— en términos jurídicos “no se ha perfeccionado”, es decir que Rivera sigue pagándola, por lo cual no puede darse aún por “celebrado”.
Respecto a la construcción del tren rápido a Querétaro, considera que aun cancelada la adjudicación, el acto jurídico de la licitación existe, pues hubo convocatoria, procedimiento y fallo.
Esto significa que el acto jurídico existe y aun cancelado el resultado, sigue siendo elemento del conflicto de interés.
En su videodeclaración televisada el martes 18, la primera dama anunció que vendería los derechos de esa propiedad. Cárdenas sostiene que los elementos constitutivos del conflicto de interés no se solventan con esa operación.
“Ojalá que estos hechos sean materia de investigación. La PGR tendría que investigar de oficio para determinar si existe conflicto de interés. Supongo que la Secretaría de la Función Pública hará investigaciones del caso. Se van a escudar en que no hay denuncias. Si no hay, estarán por presentarse, por lo que deberán investigar”, afirma.
La crisis se agraba
Aunque no es la primera vez que un presidente o sus colaboradores son expuestos al escrutinio público, el asunto de la Casa Blanca estalló en medio de una crisis de confianza y legitimidad del Gobierno Federal por el caso irresuelto de la muerte de seis personas y la desaparición de 43 estudiantes en Guerrero, lo cual lo hizo más grave, observa la politóloga Lourdes Morales Canales.
Doctora en ciencia política por la Universidad de París I y actual profesora asociada del Centro de Investigación y Docencia Económica, Morales Canales explica que además de la legislación nacional hay instrumentos internacionales en materia de combate a la corrupción que son aplicables al caso.
Por ejemplo la ONU distingue dos tipos de conflicto de interés en su programa de declaración financiera: el institucional y el personal.
El primero es cuando una institución no puede prestar servicios por haber una ventaja competitiva, como es el caso de la Presidencia y sus contratos con Grupo Higa.
El conflicto de interés personal se plantea cuando existe una relación profesional o afectiva que interviene en el cumplimiento de funciones oficiales.
—¿Los dos supuestos encajan en este caso? —se le pregunta.
—Las respuestas (de Peña Nieto y su esposa) dejan mucho qué desear y no hay prueba en contrario. El asunto queda en entredicho mientras no aclaren. Pero aclarar es poner en la vitrina pública las obras asignadas al contratista cuando el Presidente fue gobernador o en las que actualmente está participando, para que muestre si hubo principios básicos de competitividad.
“La primera dama no fue electa por la ciudadanía, no era ella la que tenía que explicar. Su explicación dejó más dudas. Y ahora resulta que está ofendida. Yo no sé quién asesora al señor Presidente”.
Experta en temas de rendición de cuentas, Morales Canales ejemplifica con la cancelación del contrato del tren México-Querétaro, adjudicado al consorcio de empresas entre las cuales estaba el Grupo Higa y va más allá de la existencia del acto jurídico, pues advierte que no sólo se deja de explicar el motivo de la cancelación sino se va a pagar un costo.
El formato de la OEA
Para Diego de la Mora, responsable del área de Presupuesto y Políticas Públicas de la organización civil Fundar, falta la declaración de los bienes de su esposa que, conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y al Manual de Declaraciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública (SFP) es una obligación de todo servidor público.
Agrega: “Me parece que toda la información, las justificaciones que se han hecho tanto de la primera dama como del Presidente, y la declaración patrimonial no eximen de responsabilidad a la SFP y al Congreso de investigar, por posible conflicto de interés; me parece que hay muchos elementos para llevar el caso hasta sus últimas consecuencias”.
Morales Canales considera que la declaración ofrecida por el Presidente es mejor que la versión pública anterior. Y si bien califica la apertura de montos como “un buen gesto” añade que no ofrece respuestas.
“La información es una herramienta que ayuda, pero debe completarse con justificaciones y razones; si no, queda incompleta. No entendemos qué llevó al Presidente a vivir ahí (Las Lomas), su relación con Grupo Higa ni la cancelación del contrato, o las obras del Estado de México; no sabemos si en verdad es la empresa más competitiva, la mejor o cuál es la valoración previa”, plantea.
La investigadora menciona las limitaciones legales para mantener las declaraciones patrimoniales como confidenciales, especialmente a partir de que la Suprema Corte rechazó un amparo demandado por Fundar sobre la publicidad de las de los diputados, que los ministros desestimaron —excepto José Ramón Cossío— privilegiando el derecho a la confidencialidad.
Morales recuerda que en la “Ley modelo sobre declaración de ingresos, pasivos y activos por parte de quienes desempeñan funciones públicas”, de la OEA —instrumento suscrito por México— se plantea un formato para la publicidad de información de las declaraciones patrimoniales de servidores públicos, pero también de contratistas, algo de lo cual se carece en el país.
Sostiene que esta crisis debería abrir la oportunidad para revisar propuestas serias en materia de rendición de cuentas y transparencia, especialmente porque esta semana se discutirán reformas en dichas materias.
“Lo que queremos, como ciudadanos, son respuestas y acciones. Hay mucho enojo en las calles y pocas propuestas y medidas a largo plazo. Se requieren acciones —no sólo mediáticas y espectaculares— que nos hagan ver que hay una política pública de combate a la corrupción. El grito en las calles es contra inseguridad e impunidad, pero sobre todo contra la corrupción”.
Fuente: Proceso