Peña impugna lineamientos del IFT sobre defensa de audiencias

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El gobierno de Enrique Peña Nieto presentó una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de 8 artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

La Ley Federal de Telecomunicaciones vigente, tras reformas aprobadas por el Congreso, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014, y hasta ahora se interpone la controversia contra 8 de sus artículos, días después de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones emitiera los lineamientos para la defensa de las audiencias.

“El presidente de la República, hace unos momentos, interpuso por mi conducto una demanda de controversia constitucional en contra de estos 8 artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones, y señaló como autoridad demandada al Congreso de la Unión”, dijo este martes el consejero jurídico de la presidencia, Humberto Castillejos.

“Así mismo, se reclaman los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias expedidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en virtud de que contienen un vicio de origen, que se basan en leyes que se consideran inconstitucionales”, agregó.

Los argumentos de la controversia, apuntó, se centran en que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión otorgó al Instituto Federal de Telecomunicaciones la facultad de regular los derechos de las audiencias.

“La Constitución, en su artículo 28, establece que corresponde al Instituto Federal de Telecomunicaciones emitir disposiciones de carácter general, siempre y cuando sean, exclusivamente, para referirse a la función regulatoria en los sectores de la radiodifusión y las telecomunicaciones”, continuó Castillejos.

“Es decir, la Constitución no le otorga al Instituto Federal de Telecomunicaciones atribución para regular los derechos de las audiencias”, agregó.

Los derechos de las audiencias, en términos del artículo sexto de la Constitución, apuntó Castillejos, son parte del derecho humano a la información, y por ende cualquier regulación o cambio sería competencia del presidente de la República.

“Se considera que estos 8 artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones invadieron facultades que corresponden al presidente de la República”, expresó. 

Por lo tanto, la presidencia reclama que se declaren inválidos.

¿Qué dicen los lineamientos para la defensa de las audiencias?

El pasado 2 de diciembre, se informó que el pleno del IFT había emitido y aprobado los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, “en concordancia con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, según apuntaron en su comunicado.

Los lineamientos señalan que en las emisiones de radio y televisión en el país se debe “diferenciar con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta”, un punto que fue criticado por legisladores, al señalar que existía un riesgo de censura.

También se establece en los lineamientos que “se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa”, y la no transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa.

“Consideramos que los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias contravienen la ley vigente de Telecomunicaciones, pues vulneran la libertad de expresión y el derecho a la información”, indicaron Integrantes de la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados, en un comunicado.

El coordinador de los senadores del Partido de la Revolución Democrática, Miguel Barbosa, pidió que se interpusiera una controversia constitucional.

En tanto, el IFT rechazó que haya un intento de censura. 

“Niego categóricamente, nada más alejado de la realidad. Si uno revisa el marco legal podemos ver que desde el 2014 está previsto en la Ley la obligación de los concesionarios que se diferencie la información de la opinión de quien la presenta”, dijo Gabriel Contreras, presidente del IFT, el 26 de enero pasado, de acuerdo con Reforma. 

“Lo que hizo el Instituto fue, después de un amplio proceso de consulta pública, que duró más de un año y que inició en el 2015, era establecer las alternativas conforme las cuales podría cumplirse con esta obligación legal”, agregó.

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