La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió cuatro amparos a la empresa MVS Multivisión SA de CV. que revocan la negativa de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para otorgar a la empresa las prórrogas que solicitó para el aprovechamiento y explotación de las concesiones en materia de redes públicas de telecomunicaciones y radios digitalizadas, incluyendo la banda de 2.5 gigahertz y la concesión del Canal 52 de televisión
Por mayoría de tres votos contra uno, la Segunda Sala del Máximo Tribunal resolvió que las resoluciones de la SCT en los juicios de amparo 677/2011, 785/2011, 800/2011 y 115/2011 radicados en Juzgados de Distrito de Morelos, Baja California y el Distrito Federal, no estuvieron apegadas a la legalidad, por lo que dejó sin efecto el contenido de las mismas.
Además, ordena a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes emitir una nueva resolución para que conforme a las normas legales vigentes, se determinen las nuevas condiciones que deben imperar para el refrendo y entregar de las cuatro concesiones en litigio.
A propuesta del ministro ponente del caso, Luis María Aguilar Morales, la Suprema Corte también resolvió que sólo en caso de que MVS no esté en condiciones de cumplir con lo que se exige en las leyes vigentes, la SCT podría negar el refrendo de las concesiones.
En este sentido, los ministros consideraron que las omisiones de la autoridad no pueden ser el motivo para negar la prórroga de las concesiones, ya que avalar dicha anomalía equivaldría a dotar de un poder ilimitado a las autoridades responsables.
Por último, los ministros señalaron que no pretenden sustituir a la SCT como autoridad responsable, sino sancionar una actuación arbitraria que es ajena al interés público y al bien común que persigue la ley en materia de telecomunicaciones.
Fuente: MVS Noticias