La Secretaría de Energía (Sener) deberá dar a conocer los indicadores, metodologías y dictámenes, que se tomaron en cuenta para aseverar que “con la reforma energética, los mexicanos tendremos energía y gas a menor costo, y que habrá más inversión y empleos”, publicidad promovida por la Presidencia de la República, a partir de la aprobación de la iniciativa de reforma energética.
Esta determinación fue adoptada por el pleno del Instituto Federal de acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Ifai), luego que en respuesta a la petición de un particular, la Sener, por conducto de la Subsecretaría de Hidrocarburos, informó que los beneficios de la aprobación de esa reforma quedaron establecidos en la “Iniciativa de Reforma Energética”, la cual es pública y está disponible en Internet.
Para ello, proporcionó un vínculo electrónico para consultar la “Estrategia Nacional de Energía 2013-2027”, en el que enfatizó, se presenta el diagnóstico y las necesidades del sector energético para dicho periodo, adjuntando varios documentos relacionados con la “Propuesta de Reforma Energética”, los cuales según su dicho sustentan los beneficios obtenidos tras su aprobación, lo que se consideró por el peticionario y por el Ifai como insuficiente, ya que proporcionó diversa información a la solicitada, pero no así, los indicadores, la metodología y los dictámenes empleados para aseverar lo que se difunde en el portal electrónico de la Presidencia de la República.
Durante el trámite la Sener declaró la inexistencia de los indicadores, la metodología y los dictámenes por las que el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto asegura que tras la reforma energética, habrá en el país energía y gas a menor costo, además de inversión y empleos.
Sin embargo, en la investigación y análisis del caso, la comisionada ponente María Elena Pérez-Jaén advirtió que la dependencia no solo incumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ya que no turnó la solicitud a la Dirección General de Sustentabilidad, sino que dicha unidad administrativa es competente para conocer la información solicitada, porque es la encargada de evaluar el impacto sobre el balance de los programas de bioenergéticos; de elaborar y mantener actualizada la metodología para valorar las externalidades asociadas a la generación de electricidad, y de proponer políticas en la materia.
En ese sentido, concluyó que si bien la dependencia no está obligada a generar documentos ad hoc, lo cierto es que, en atención al principio de máxima publicidad, debió interpretar la solicitud a fin de favorecer al particular y hacer efectivo su derecho constitucional de acceso a la información. Subrayó que el exceso de información también conlleva a una desinformación.
Esto en alusión a los 17 documentos con los que Sener pretendió dar respuesta al solicitante, como Índice de Competitividad Internacional 2013, Nos cambiaron el mapa: México ante la revolución energética del siglo XXI, Cuaderno de Trabajo México ante la Revolución Energética, Study on Investment and Private Sector Participation in Power Distribution in Latin America and the Caribbean Region o Power Market Fundamentals, entre otros.